Sábado 12.12.2009
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Hablemos de legalidades. La Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 reza en su artículo 13 que "toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideraciones de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección y gusto". En su punto 2 concreta que "el ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura". La noche del martes, más de un centenar de vecinos de O Milladoiro, que acudió a una reunión para pedir que se retire una antena de telefonía móvil, pudo ver, escuchar, e incluso sentir, cómo se intentaba vulnerar un derecho básico en el ejercicio del periodismo. El alcalde de Ames, Carlos Fernández, en aras de que sus votantes (y autoridades) malinterpretasen sus palabras, instó a esta redactora a omitir ciertas frases literales que podrían acarrearle posibles problemas legales, siempre y cuando no se utilizasen en el contexto adecuado. Al mismo tiempo, aludía a esta periodista con nombre, apellido y medio de comunicación para el que trabajaba. Cerró esta opaca intervención señalando que aquello era una conversación privada? Ya no hizo falta que se rebatiese este argumento, porque fueron los presentes los que aportaron, rotundamente, la respuesta. Y es que la elegancia va más allá de los trajes y las corbatas. Se encuentra, precisamente, en los hechos. Mientras tanto, la diplomática labor de un periodista consiste no sólo en escuchar sino en averiguar e interpretar lo que se piensa o quiere decir. Por contra, la labor de los alcaldes es que, "haciendo gala de su profesionalidad", luchen con todas sus armas legales para defender los intereses de sus vecinos. Hechos, porque de las palabras en negro sobre blanco ya se encargan en las redacciones.