Viernes 26.12.2008
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La Audiencia de Barcelona ha condenado a dos guardias civiles a sendas multas de 1.440 euros y a ocho años de inhabilitación absoluta por detener ilegalmente a una conductora a la que pararon en un control rutinario en Badia del Vallès en la Nochevieja de 2004. Ambos han sido absueltos de los delitos contra la integridad moral y lesiones que les imputaba la Fiscalía.
La Sección Tercera ha declarado probado que los agentes J.M.V.P. y J.J.P.A. realizaban un control rutinario en una de las vías de entrada a Badia del Vallès la tarde del 31 de diciembre de 2004. Sobre las 20.30 horas, vieron como dos compañeros estaban identificando y cacheando a dos mujeres --como parte del control policial y no porque hubieran cometido algún delito-- y se acercaron a ellos y les dijeron que "les iban a enseñar como se hacía".
Entonces, "de manera violenta, usando una fuerza desproporcionada e innecesaria", esposaron a una de ellas, Esther N.R., la metieron en el coche patrulla y la llevaron al cuartel de la Guardia Civil, donde permaneció detenida por resistencia a la autoridad hasta las 23.15 horas, cuando la dejaron en libertad por orden de un sargento.
El tribunal se basó en la declaración de la víctima, "no exenta de dramatismo", quien dijo que iba con su amiga Isabel C. "en una noche tan especial como es la de Nochevieja" a celebrar una fiesta con unos amigos, cuando las pararon en un control y siguieron las indicaciones de los agentes.
Esther N.R. relató que los procesados se acercaron a ellas y la empujaron golpeándole la cabeza contra el capó, la esposaron y la llevaron al cuartel sin haber cometido ningún delito. Una versión corroborada por su amiga y, "sin la contundencia expuesta" por las chicas, por los agentes de la primera patrulla, quienes se extrañaron de la detención e informaron al sargento de lo ocurrido.
En cambio, los procesados aseguraron que arrestaron a Esther N.R. porque la mujer se resistió a ser cacheada, aunque el "comportamiento agresivo que le atribuyen no encuentra respaldo en ninguna de las pruebas", como tampoco se demostró que lesionaran a la chica ni la insultaran.
El tribunal ha impuesto a cada uno la pena mínima por detención ilegal: ocho años de inhabilitación absoluta -como solicitaba la Fiscalía- y una multa de 1.440 euros, porque la Sala "desconoce las cargas familiares que pesan sobre los acusados".
