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el sábado EN LA SALA NASA

El juez autoriza el acto en favor de dos independentistas gallegos

04.12.2008  Está convocado por la plataforma "Que Voltem a Casa" el próximo sábado en Santiago para exigir la libertad de dos jóvenes del grupo Resistencia Galega //La Audiencia señala que esta actividad se encuentra amparada dentro del derecho a la libertad de expresión y asociación

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EFE MADRID

 El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha autorizado la celebración del acto convocado por la plataforma "Que Voltem a Casa" el próximo sábado en Santiago de Compostela para exigir la libertad provisional de dos jóvenes condenados por actos terroristas del grupo Resistencia Galega.
El juez rechaza así, en un auto emitido hoy, la petición formulada por el PP de Galicia y el alcalde socialista de Santiago de Compostela, para que se suspendiera de forma cautelar la convocatoria de la "Festa pola Libertade" el próximo seis de diciembre a las 21:00 horas en la sala Nasa de Santiago de Compostela, ante la posibilidad de que encubriera un acto de enaltecimiento del terrorismo.

Sin embargo, el magistrado de la Audiencia Nacional explica que los objetivos de la plataforma convocante consisten en exigir que se acuerde la libertad provisional de Santiago Vigo Domínguez y José Manuel Sánchez Gorgas -presos en Madrid-, así como su acercamiento a prisiones gallegas, y recaudar fondos para financiar las visitas de los familiares de estos dos reclusos.

Según los denunciantes, también estaba prevista la asistencia al acto de otros dos jóvenes independentistas -Uxio Caamaño y Xiana Rodríguez- que fueron condenados el pasado día 11 por la Audiencia Nacional a cuatro y tres años de cárcel respectivamente, por colocar un artefacto explosivo en una sucursal bancaria de Santiago de Compostela en julio de 2005.

Los convocantes son una plataforma creada en Santiago de Compostela en 2006 por familiares y compañeros de estos dos condenados, aunque -según el juez- no se ha comprobado que el acto del próximo sábado sea un homenaje encubierto a los dos terroristas, por lo que comparte los argumentos del fiscal y considera que no hay motivo para prohibir su celebración.

El auto afirma que no siendo los convocantes una organización terrorista y con actividades prohibidas, los motivos del acto se encuentran amparados dentro del derecho a la libertad de expresión y asociación.

 No obstante, indica que si una vez iniciado el mismo, las fuerzas de seguridad observaran que se cometieran acciones delictivas, deberán actuar en consecuencia, identificando a sus autores y remitiendo las pruebas a la autoridad judicial.

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