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El Supremo refunde las condenas al asesino del periodista Gerino Núñez

18.04.2009 La decisión permitirá a Pérez Vilarchao salir de prisión antes de lo previsto, ya que le impusieron 20 años de cárcel por ese crimen y otros 65 por otro triple homicidio ·· Confesó tras matar a tres hombres en Asturias

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Emilio Pérez Vilarchao, con gorra, custodiado por un agente de la Policía Nacional tras su detención
Emilio Pérez Vilarchao, con gorra, custodiado por un agente de la Policía Nacional tras su detención

Fue uno de los crímenes más escabrosos y que más dio que hablar en Galicia. El 15 de julio de 1991 aparecía el cuerpo sin vida del periodista de sucesos del diario lucense El Progreso Gerino Núñez. El cadáver de Núñez, que había sido estrangulado y estaba en la bañera, tenía las manos atadas. Durante mucho tiempo sólo hubo especulaciones sobre la autoría y hasta algunos familiares llegaron a ser detenidos.

Cuatro años después un delincuente habitual confesaba el crimen de Gerino Núñez. Era Emilio Pérez Vilarchao, que acababa de ser detenido como presunto autor de otros tres homicidios en su tierra natal, Asturias.

En septiembre de 1997, la Audiencia Provincial de Lugo le condenaba a 20 años de prisión por el asesinato del periodista lucense y poco después la Audiencia Provincial de Oviedo le imponía 65 años de prisión por los otros tres homicidios, fruto de un ajuste por narcotráfico.

Ahora y a petición de Pérez Vilarchao, el Tribunal Supremo ha acordado la acumulación de sus penas, en contra de la opinión de la Audiencia ovetense, que le denegó la refundición. En Oviedo concluyeron que no cabía tal acumulación por la distancia en el tiempo entre unos y otros hechos, que se cometieron en distintas provincias, la "enorme gravedad" de éstos y "el desprecio que el condenado siente por la vida de los demás".

El condenado recurrió esta decisión para conseguir salir en libertad y el Alto Tribunal ha estimado su recurso al considerar que ninguno de los motivos alegados por la Audiencia Provincial puede impedir la refundición de penas. Según el TS, "cuando el recurrente cometió los hechos por los que fue condenado no había sido aún sentenciado por ninguno de ellos".

"Ningún obstáculo se erige pues para la acumulación de las penas, a fin de limitar el tiempo máximo de cumplimiento, cualquiera que sea la gravedad de los hechos, por lo demás subsumibles en tipos delictivos homogéneos y atribuidos todos al mismo sujeto, con imputación efectuada antes de que fuese condenado por ninguno de ellos", añade.

Otra cosa es la fijación de la fecha de licenciamiento, que el Supremo no puede realizar por falta de información. Por ello, pide a la Audiencia de Oviedo que dicte una nueva resolución fijando el límite máximo de cumplimientos de las penas impuestas a Pérez Vilarchao.

. sucesos@elcorreogallego

 

LOS DATOS

Móvil desconocido

Nunca se pudo determinar el móvil que llevó a Pérez Vilarchao a asesinar a Gerino Núñez.

Relación

La única relación entre homicida y víctima es que el cuñado de Núñez, que mantenía graves disputas con la hermana de la víctima, era funcionario de prisiones. Gerino consideraba a sus sobrinas casi como hijas .

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