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pionera

Andalucía, la primera con una ley que regula la muerte digna

18.03.2010  La norma busca solventar situaciones como la de Inmaculada Echevarría, a quien finalmente se la desconectó de la ventilación mecánica que la mantenía con vida // El PP vota en contra de tres artículos para defender la objeción de conciencia

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F.J.U./EFE • SEVILLA

La consejera de Salud, María Jesús Montero, es felicitada por el presidente del PP-A, Javier Arenas FOTO: juan ferreras (efe)
La consejera de Salud, María Jesús Montero, es felicitada por el presidente del PP-A, Javier Arenas
FOTO: juan ferreras (efe)

El pleno del Parlamento de Andalucía aprobó ayer la primera norma autonómica de España que regula los derechos del paciente en la última etapa de su vida y las obligaciones de los médicos que les traten, tanto en centros públicos como privados.

Mientras que PSOE e IU respaldaron los 33 artículos de la normativa, el PP votó en contra de tres de ellos, ya que defiende que los profesionales puedan acogerse a la objeción de conciencia, el "respeto" a la libertad individual y pide una "clara" regulación de los comités de ética.

La denominada ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte regula la limitación del esfuerzo terapéutico, prohíbe el ensañamiento terapéutico y permite a los pacientes rechazar un tratamiento que prolongue su vida de manera artificial. También da cobertura a la sedación paliativa para aliviar el sufrimiento de los enfermos, aunque ello pueda "acortar su vida".

Solventa situaciones como la vivida por Inmaculada Echeverría en 2007, cuando la orden hospitalaria San Juan Dios pidió su traslado del hospital San Rafael de Granada, dependiente de la orden religiosa y donde estuvo paralizada diez años la enferma con distrofia muscular, a otro centro público en el que se autorizó la desconexión de la ventilación mecánica que la mantenía con vida. La consejera de Salud, María Jesús Montero, reconoció que este caso había sido una de las inspiraciones de la norma, que calificó de "vanguardista, valiente y sensible".

Queda fuera del paraguas legal la eutanasia activa y el suicidio asistido, ya que la comunidad no tiene competencia para legislar esta materia tipificada como delito en el Código Penal.

Tampoco regula la objeción de conciencia de los médicos en estos casos porque, según señalan los juristas del Consejo Consultivo de Andalucía, debe ser una ley estatal la que lo haga.

"La ley traspasa nuestras fronteras y convierte a Andalucía en referente legislativo desde una posición respetuosa", dijo.

La ley, respaldada por el PSOE e IU, tiene como objetivo principal que prevalezcan los derechos del paciente a no recibir determinados tratamientos, así como al obligado cumplimiento de las garantías de estos enfermos por parte de cualquier institución sanitaria, ya sea pública o privada, incluso de raíz religiosa.

LA CLAVE

Los obispos no la creen necesaria

·· Los obispos del sur aseguran que "en sí la ley como tal no es de estricta necesidad", porque "la sociedad no reclama una ley ahora, y en los hospitales se puede funcionar perfectamente sin ella". Creen que "habla sólo de las obligaciones de los profesionales, no de los derechos" .

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