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cinco años

Prisión para el sacerdote Benigno Moure por apropiación indebida

19.04.2008 El presidente de la Fundación San Rosendo también tendrá que devolver al sobrino de la mujer que era propietaria del dinero casi 600.000 euros // El notario que colaboró con él fue condenado por falsificación

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AGN • OURENSE

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El sacerdote Benigno Moure, presidente de la Fundación San Rosendo FOTO: Rosa Veiga
El sacerdote Benigno Moure, presidente de la Fundación San Rosendo
FOTO: Rosa Veiga

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense condenó a cinco años de prisión y a abonar una multa de seis euros diarios durante diez meses al presidente de la Fundación San Rosendo, Benigno Moure, al considerar probado que cometió un delito de apropiación indebida tras urdir y poner en marcha un plan para "hacer suyo el patrimonio" de una mujer, María Vázquez, internada en una residencia propiedad de esta fundación.

De acuerdo con la sentencia, en el juicio quedó probado que la mujer ingresada en el geriátrico Os Gozos (Pereiro de Aguiar, en Ourense) había sido incapacitada legalmente ya en noviembre de 2001 debido a que padecía trastornos cognitivos y de memoria. A partir de ahí, Moure habría puesto en marcha el plan para hacerse con su patrimonio, convencido de que la mujer carecía de herederos forzosos.

537.673,38 euros

De ese modo, Benigno Moure realizó diversas transferencias bancarias de la cuenta de la mujer incapacitada a la de la Fundación San Rosendo e incluso vendió su patrimonio (un piso en Carballiño y varias fincas). Al final, "al fallecimiento de María Vázquez todo su patrimonio estaba disipado", indica la sentencia, que obliga a Moure a reintegrar a los herederos (un sobrino de la fallecida) 573.673,38 euros, además de los interese legales, si bien de este abono responderá de forma subsidiaria la Fundación San Rosendo.

El notario que intervino en algunas escrituras de compra-venta, Alejo Catalayud Sempere, también es considerado culpable por los magistrados de un delito de falsificación por imprudencia grave de un documento público, por lo que imponen una pena de ocho meses de multa a razón de 15 euros diarios.

En el caso del notario, la sentencia considera que éste no realizó una "razonable comprobación del estado mental" de la supuesta vendedora (la mujer incapacitada), pues aún considerando que no es un especialista en la materia, en el caso que se trata "el deterioro cognoscitivo de María al tiempo del otorgamiento era clamoroso".

Las condenas de privación de libertad distan mucho de las demandas tanto por la acusación particular, promovida por el sobrino de la mujer y único heredero, César Vázquez Romero, como del fiscal. La fiscalía solicitaba en su escrito de acusación un total de 14 años de prisión, suma de los delitos de apropiación indebida y estafa que consideraba probados en este caso.

Por su parte, la acusación particular demandaba entre 31 y 34 años de prisión para Moure, por los delitos de apropiación indebida, estafa y falsedad en documentos públicos y privados. Para el notario, demandaban una condena de 12 años de prisión por estafa y falsificación de documento público. Respecto a Moure, el tribunal cree que hubo "un supuesto de continuidad delictiva, caracterizada por una pluralidad de acciones necesarias" que se configuran en la apropiación indebida.

Respecto al notario, el tribunal lo absuelve del delito de estafa, porque no existe "ningún indicio de que obrase en connivencia con el otro acusado" y porque no se aprecia en su conducta "ni engaño ni ánimo de lucro ni inducción a realizar un acto dispositivo por parte de la vendedora".

LOS DATOS

Recurso

Contra la sentencia cabe la posibilidad de interponer un recurso de casación en el plazo de cinco días. Los letrados de Benigno Moure y del notario Alejo Catalayud han confirmado que recurrirán la sentencia.

Jurisprudencia

El tribunal absolvió a Benigno Moure del delito de estafa tras acudir a la jurisprudencia .

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