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ordenanza

Entró por fin en vigor la ‘ley seca’ contra el botellón en Santiago

18.04.2009  La prohibición de vender alcohol desde las diez de la noche hasta las ocho de la mañana se estrenó ayer en Compostela // La modificación legal afecta también a la venta ambulante y se prevé la incautación de la mercancía // Orinar en un monumento saldrá más caro

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C. DEAÑO • SANTIAGO

Uno de los botellones celebrados durante este curso universitario en la entrada del campus sur FOTO: Ramón Escuredo
Uno de los botellones celebrados durante este curso universitario en la entrada del campus sur
FOTO: Ramón Escuredo

¿Conseguirán las nuevas normas acabar con el botellón? Parece difícil de creer, pero con las modificaciones de la Ordenanza de Convivencia de Santiago que hoy entra en vigor, el Ayuntamiento quiere ponérselo más difícil a los bebedores nocturnos. Por lo menos, no podrán rellenar el depósito entre las diez y las ocho de la mañana.

Posiblemente tampoco se conseguirá evitar que los incívicos orinen en la calle, pero les saldrá bastante más caro, sobre todo en el casco histórico, porque en el mismo documento también se ha incluido el agravante de hacer las necesidades sobre un inmueble catalogado o un monumento.

De esta forma, la zona monumental estará doblemente protegida, porque tampoco se permitirá realizar botellones aquí ni en otro punto donde "como consecuencia del consumo se pueda deteriorar la tranquilidad del entorno o provocar en él situaciones de insalubridad".

La modificación de la ordenanza se publicó ayer en el Boletín Oficial de la Provincia, lo que significa su entrada en vigor y un mayor control de los excesos de ingesta y evacuación, y la prohibición de vender bebidas con cualquier graduación alcohólica durante la noche.

Los que sí que lo van a tener bastante más difícil son los establecimientos, especialmente los que abren en horario nocturno, ya que sólo los locales d e hostelería "con la oportuna autorización" podrán vender vinos y licores en el interior o en las terrazas o veladores.

Entre las novedades incluidas en el documento figura la extensión de la prohibición "a la distribución y suministro de bebidas, incluso desde vehículos automóviles, caravanas, carros, barracas o similares", independientemente de que las entregas se realicen "a título oneroso o gratuito".

Una medida que tiene su razón, ya que el Ayuntamiento ya detectó en su momento a algún vendedor clandestino con el maletero convertido en minimercado, y hasta a un individuo que había convertido el carrito de la compra en carrito de bebidas y para hacer negocio con los que los botelloneros.

Para estos casos el Ayuntamiento ha previsto "decomisar los utensilios y géneros objeto de infracción", tanto de los que se dedican a la venta itinerante, como de los que los que la consuman en zonas sensibles, y ponerlos a disposición "del órgano sancionador competente".

Estos utensilios, botellas, vasos y otros envases, quedarán bajo la custodia municipal mientras se instruya el expediente sancionador y, a los dos meses de que se dicte la resolución, si no han sido recogidos por aquél a quien le fueron incautados, se destruirán, o "se entregarán gratuitamente a entidades sin ánimo de lucro con fines sociales".

. cdeano@elcorreogallego.es

 

LOS DATOS

Padres o tutores

La ordenanza recoge también que los padres o tutores, "sin prejuicio de su responsabilidad civil subsidiaria" sobre las acciones de los menores que dependan de ellos , "serán también responsables directos y solidarios de las infracciones cometidas por éstos, siempre que, por su parte, conste dolo, culpa o negligencia, incluida la simple inobservancia".

Advertencia
La concejala de Seguridad, Marta Álvarez-Santullano, señaló que ayer noche ya se había empezado a avisar a los establecimientos nocturnos de la prohibición de venta de alcohol .

PROPUESTAS LAS MULTAS

100 a 750 €

Agravante en centros de salud y monumentos

Incumplir las normas sobre el consumo o venta de alcohol se multará con entre 100 y 750 euros en función de las molestias producidas y del lugar. Será un agravante hacerlo cerca de edificios históricos o de centros de salud.

301 a 750 €

Las zonas de menores también protegidas

También tendrán recargo las multas por hacer las necesidades en espacio público (de 100 a 300 euros), cuando se hagan en zonas concurridas, espacios frecuentados por menores o monumentos (de 301 a 750 euros) .

Propuestas

Consecuencia del foro ciudadano

La decisión de modificar esta normativa la adoptó el Ayuntamiento a raíz de las conclusiones del foro ciudadano convocado para analizar el botellón. Además de la no criminalización de rigor, también se acordó alguna medida práctica para que los festejos nocturnos, por lo menos, sean algo incómodos .

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