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La Fiscalía pide 25 años de cárcel para el acusado del crimen machista de Palmeira

La acusación particular eleva a 34 años la petición de condena para Jhul Príncipe por el asesinato de su expareja, Andrea Melithza Iturry, en marzo de 2024

Imagen de archivo de Jhul Príncipe Casahuaman el día de su ingreso en prisión.

Imagen de archivo de Jhul Príncipe Casahuaman el día de su ingreso en prisión. / Suso Souto

Ribeira

La Fiscalía ha solicitado una condena de 25 años de cárcel para Jhul Príncipe Casahuaman, acusado de haber matado a su expareja, Andrea Melithza Iturry, en su domicilio de Palmeira (Ribeira) el 19 de marzo de 2024.

El Ministerio Público le considera culpable de un delito de asesinato y otro de violencia habitual, con el agravante de parentesco, y solicitará además que el acusado indemnice con 166.790 euros al hijo de la víctima, que entonces tenía dos años, y con casi 130.000 euros a la madre de Andrea.

Por su parte, la acusación particular considera que concurren los agravantes de alevosía y ensañamiento y solicita una condena de 34 años de cárcel y la retirada de la patria potestad del menor.

La tarde del 19 de marzo de 2024, Jhul Príncipe Casahuaman dejó con un familiar al hijo que él y Andrea Melithza Iturry tenían en común y se personó en el domicilio de la mujer, donde le asestó varios navajazos que le causaron la muerte.

Tras el crimen, el hombre trató de suicidarse utilizando la misma navaja y tras llamar por teléfono a un familiar para decirle lo que había hecho, y que iba a quitarse la vida.

Cuando llegaron los agentes de la Policía Nacional, derribaron la puerta y encontraron el cadáver de Andrea Melithza Yturry en la cocina y, en una estancia anexa, a Jhul Príncipe en un charco de sangre, por lo que tuvo que ser evacuado al Hospital Clínico de Santiago, donde permaneció ingresado durante dos semanas.

El artículo 23 del Código Penal establece como agravantes “ser o haber sido el agraviado cónyuge o persona que esté o haya estado ligada de forma estable por análoga relación de afectividad, o ser ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza o adopción del ofensor o de su cónyuge o conviviente”.

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