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SUCESO

Decomisados 16.700 € de un asesinado en Muros por su procedencia del narcotráfico

El hijo, que entonces tenía 19 años, fue detenido por, presuntamente, acabar con su vida con un hacha

Agentes de la Policía Judicial inspeccionando la vivienda del fallecido en Esteiro.

Agentes de la Policía Judicial inspeccionando la vivienda del fallecido en Esteiro. / Cedida

J. M. Ramos / EFE

Muros

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha acordado el decomiso de 16.700 euros intervenidos en la vivienda en Esteiro (Muros) del hombre asesinado en 2023, supuestamente por su hijo, porque proceden del narcotráfico.

Una sentencia del 9 de abril, divulgada este miércoles por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, aborda la situación derivada del registro del domicilio del asesinado en 2023 -un caso que todavía está abierto-, en el que se encontraron 16.700 euros, que fueron intervenidos.

Cocaína y cannabis en la vivienda

En aquel registro, que buscaba esclarecer el crimen cometido supuestamente por su hijo, se encontraron drogas en el edificio en que vivían ambos, principalmente cocaína y cannabis.

Ahora la Audiencia acuerda el decomiso definitivo de 16.700 euros intervenidos al considerar probado que dicha cantidad de dinero se encuentra vinculada a la actividad delictiva del fallecido, quien no pudo ser juzgado debido a su muerte.

La sala entiende acreditado que el dinero procedía de la actividad de tráfico de drogas y, de esta forma, estima íntegramente la demanda de decomiso autónomo contra la Comunidad de Herederos de la persona fallecida.

Desestimadas las alegaciones

Por tanto, desestima las alegaciones de la defensa sobre la falta de conexión entre el dinero y el delito, al tiempo que establece que el decomiso se justifica por la naturaleza ilícita de los bienes.

En la sentencia, los magistrados explican que, durante la investigación del homicidio, "se descubrieron sustancias estupefacientes y el dinero en la vivienda del fallecido, lo que llevó a considerar que estos bienes eran producto de un delito contra la salud pública".

El tribunal subraya que la prueba examinada "revela una ausencia de ingresos periódicos procedentes de actividades lícitas", así como que la suma incautada "se encontraba oculta en el domicilio, detrás de una estantería y en una bolsa de plástico".

De esta forma, concluye que "no se advierte otro posible origen del dinero incautado que aquel que se determina por el Ministerio Fiscal, la procedencia de la actividad de tráfico de drogas".

La resolución no es firme, pues contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

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