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Augas de Galicia da un mes a la mina de San Finx para solucionar los problemas de vertido

Desde la Xunta aseguran que, de lo contrario, los incumplimientos podrían dar lugar a la revocación de la autorización de vertido.

Imagen de archivo de la  mina de San Finx en Lousame

Imagen de archivo de la mina de San Finx en Lousame / LOC

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EFE

Santiago de Compostela

La Xunta, a través de Augas de Galicia, ha enviado un requerimiento a la empresa Tungsten San Finx, S.L., que gestiona la mina, en el que da de plazo un mes para que "ajuste la gestión de las aguas residuales generadas en las instalaciones" de la mina después de que las analíticas revelasen niveles preocupantes en parámetros de cadmio, cobre y zinc.

El Ejecutivo gallego da a la empresa un mes para que las condiciones vuelvan a los parámetros establecidos en la autorización de vertido otorgada y amenaza con revocar el permiso de no poner solución a la problemática.

De hecho, esta autorización está inmersa en un proceso judicial en tanto que fue denunciada ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia por cofradías y asociaciones ecologistas.

Augas de Galicia ha iniciado un expediente sancionador contra la empresa que gestiona la mina de San Finx después de tener constancia de unos análisis que evidenciaron que los niveles de cadmio en el río superan 78 veces el máximo permitido mientras que los del cobre son 48 veces superiores y los de zinc hasta 8 veces.

La reciente inspección en la zona puso de manifiesto, según la Xunta, la falta de ejecución en plazo de las instalaciones de tratamiento para la correcta evacuación de las aguas residuales en la balsa de decantación final.

Por ello, ahora la empresa concesionaria deberá acreditar documentalmente el ajuste del vertido en el plazo de un mes.

Desde la Xunta aseguran que, de lo contrario, los incumplimientos podrían dar lugar a la revocación de la autorización de vertido.

Esto es así porque la Ley 9/2010, de Augas de Galicia, califica estas infracciones como graves. Este tipo de infracciones, atendiendo a las disposiciones de la citada Ley, pueden suponer sanciones que pueden llegar hasta los 300.000 euros.

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