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El Tribunal Supremo ratifica la legalidad de las autorizaciones del parque eólico de Corme

Deja definitivamente sin efecto el fallo que había anulado la licencia

La Xunta confía en que esto ayude a definir proyectos para 2025

Parque eólico de Corme en el que se ha ejecutado el proyecto de repotenciación

Parque eólico de Corme en el que se ha ejecutado el proyecto de repotenciación / Cedida

J. M. Ramos

Ponteceso

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha considerado ajustado a derecho el acuerdo de la Xunta de Galicia, de 7 de noviembre de 2019, que aprobó definitivamente el proyecto del parque eólico de Corme G-3, en el término municipal de Ponteceso.

El Supremo basa la estimación de los recursos en los mismos argumentos que los expuestos en su sentencia del pasado 21 de diciembre, en la que consideró conforme a derecho también la aprobación provisional del mismo proyecto.

Así, el alto tribunal estima los recursos de la Xunta de Galicia y las mercantiles EGA, Asociación Eólica de Galicia y EDP Renovables España, S.L.U. contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que anuló dicho acuerdo.

El tribunal concluye que las cuestiones que se suscitan en este proceso, referido a la aprobación definitiva del proyecto son coincidentes, en todo punto, a las suscitadas en el proceso de referencia, en el que se estudió la aprobación provisional, por lo que, en virtud de los principios de unidad de doctrina y de igualdad en la aplicación e interpretación de las normas, se reafirman en lo declarado en la anterior resolución.

El Supremo ha determinado en sus sentencias que no concurrían las causas de anulación de los acuerdos que sostuvo el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, relacionadas con el trámite de información pública en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y que no se contravino ni la Directiva europea sobre evaluación de repercusión de proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, ni la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.

En concreto, se trata de un proyecto, ya ejecutado, de repotenciación de un parque que había sido autorizado en abril de 1988. La actuación consistió en la sustitución de los 61 aerogeneradores iniciales por 7 de mayor potencia, lo que conllevó también adaptar y construir caminos.

La decisión del Alto Tribunal “ratifica la legalidad en el procedimiento por parte de la Xunta para el desarrollo de los eólicos, y ahora confiamos en que este refuerzo judicial ayude a concretar proyectos hacia el año 2025, cuando todos los parques autorizados en 2023 comiencen a entrar en funcionamiento”, resaltan desde el Ejecutivo autonómico.

El Gobierno gallego asegura que continuará trabajando para desarrollar estos proyectos que “garantizan energía a precio competitivo” a la industria gallega y a la ciudadanía.

Un trabajo que, puntualizan, “se realizará a través de una tramitación ambiental, ordenada y garantista” que someta todos los proyectos eólicos a la evaluación ambiental ordinaria, de forma que solo los viables se puedan desarrollar.

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