SENTENCIA
El Supremo «abre la puerta» a la Xunta para desbloquear 64 parques eólicos
Revocó el fallo del TSXG y reactivó el proyecto Campelo, en Coristanco y Santa Comba

Aerogenerador de uno de los parques eólicos de Vimianzo / Cedida
La Sección Quinta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo confirma la legalidad del acuerdo acuerdo administrativo de la Xunta que autorizó el parque eólico de Campelo, promovido por Greenalia en los municipios de Coristanco y Santa Comba.
Después de haber deliberado conjuntamente los recursos interpuestos contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que anuló el acuerdo que autorizaba dicho proyecto, el Tribunal Supremo resolvió que «el hecho de que dos o más instalaciones de parques eólicos compartan instalaciones de conexión no comporta, ineludiblemente, que debamos considerar la existencia de un único proyecto de parque eólico a efectos de su evaluación medioambiental, sino que habrá que examinar en cada caso las circunstancias concurrentes, a la luz de la normativa y de la jurisprudencia aplicables».
Respecto a las otras dos cuestiones de interés casacional suscitadas por los recurrentes, el Supremo ha decidido confirmar la doctrina que ya había establecido en sentencias anteriores en 2023 y 2024, relativas al parque eólico de Corme. Por ello, considera que «la sentencia del Tribunal Superior de Galicia, impugnada en casación, se aparta de la doctrina jurisprudencial referida y no es ajustada a Derecho, por lo que se revoca».
La Xunta acoge con satisfacción la sentencia «pois resolve que o Executivo galego realizou unha tramitación ambiental conforme a dereito para a súa autorización. Esta resolución judicial, añaden, «abre a porta a levantar a paralización doutros 64 parques eólicos decretada polo TSXG en resposta a 120 recursos».
El fallo, destacan, «entra no fondo da cuestión e rexeita que a Xunta realizase fraccionamento na tramitación dese parque eólico». De esta forma, afirman, avala la evaluación ambiental individual e independiente «realizada polo Executivo galego dos distintos parques pola vía ordinaria -a máis exhaustiva e que ofrece máis garantías- ao considerar, como fixo a Administración autonómica, que os parques son independentes malia que compartan conexións».
Recuerdan que esta sentencia se suma a otras emitidas por el Tribunal Supremo a finales de 2023 e inicios de 2024 sobre el parque eólico Corme (Ponteceso), en las que «xa avalaba o procedemento de información pública realizado pola Xunta ao abeiro da tramitación ambiental dos proxectos eólicos».
El Gobierno autonómico celebra que esta sentencia del Alto tribunal le vuelve a dar a razón «e bote luz ao sentar doutrina sobre o resto de parques paralizados».
Adega asegura que se trata de un «pronunciamento agardado»
Adega, uno de los colectivos que había recurrido el acuerdo del Consello da Xunta, señala que se trata «dun pronunciamento agardado, xa que o TS está a aplicar os mesmos argumentos da sentenza pola que anulou en casación o ditame do TSXG sobre o repotenciamento do parque eólico de Corme».
Esperarán a conocer el contenido íntegro de la sentencia del Supremo y su fundamentación jurídica para pronunciarse públicamente sobre sus potenciales repercusiones «e decidir sobre as eventuais accións legais a interpoñer, se estas tivesen cabida». Recuerdan que el TSXG elevó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia Europeo como consecuencia de la sentencia del TS sobre el parque de Corme.
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