Desestiman un nuevo recurso del sujeto que agredió sexualmente a su sobrina menor en el Partido Judicial de Negreira
El condenado deberá cumplir más de 11 años de cárcel, 15 de alejamiento y 8 de libertad vigilada
También tiene que abonarle 30.000 euros como responsable civil y no podrá trabajar con niños

El juzgado de la villa barcalesa que centraliza la primera instancia e instrucción del Partido Judicial de Negreira / GM
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de rechazar un nuevo recurso de un sujeto condenado a 10 años y seis meses de cárcel por delito continuado de agresión sexual contra una sobrina, menor de edad, y a 10 meses por exhibición de pornografía, además de exigirle costas e indemnizaciones. Según los hechos probados, el individuo realizaba tocamientos y persuadía a la niña para tocarle a él, un delito que tuvo como marco el Partido Judicial de Negreira entre 2019 y 2020, pero lógicamente sin que se identifique el lugar de los hechos (abarca A Baña, Santa Comba, Brión y Negreira).
Así, en esos años, el individuo, aprovechando los momentos en que se encontraba a solas en casa con su sobrina, así como la diferencia de edad y de complexión física entre ambos, conseguía de esta manera que la menor, al ser el procesado su tío, no mostrara oposición a lo que le solicitaba. Entonces, pidió a su sobrina, en diversas ocasiones, que se desnudara, realizándole tocamientos con las manos en los pechos y en la vulva.
Tocamientos
El condenado por la Audiencia Provincial, y ahora por el TSXG, llegó en ocasiones a desnudarse, pidiendo a su sobrina que le tocara el pene, a lo que esta accedió. Aprovechando idénticas circunstancias y en ese mismo periodo de tiempo, el hombre, en diversas ocasiones, mostró a la pequeña vídeos de contenido pornográfico, pidiéndole en alguna de ellas que le tocara el miembro. También, en las referidas circunstancias y lapso temporal, el procesado pidió a su sobrina que le chupara los genitales, algo a lo que su sobrina accedió.
Asimismo, en el referido periodo temporal, aprovechando que se encontraba a solas con la joven en su vehículo, exhibió a su sobrina, en su teléfono móvil, videos de contenido pornográfico, pidiéndole que le tocara el pene, a lo que su sobrina accedió. Como consecuencia de todos estos hechos, la víctima sufrió sintomatología de tipo ansioso-depresivo, sentimientos de desapego hacia los demás e hipervigilancia, con alta puntuación en estrés postraumático.
Adelanto de responsabilidad
El procesado ha consignado la suma de 20.000 euros en concepto de “adelanto de responsabilidad civil”, 500 euros con fecha 2 de noviembre de 2021 y 15.000 euros con fecha 16 de mayo de 2025. También se le ha impuesto la prohibición de aproximarse a la joven, a su domicilio o a cualquier otro lugar en que pueda encontrarse a una distancia no inferior a 500 metros, así como la prohibición de comunicarse o relacionarse con ella por cualquier medio o procedimiento, por tiempo de 15 años.
También se le impuso la medida de libertad vigilada, por un plazo de 8 años, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, así como la inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menoresde edad, por tiempo de 14 años.Y, por último, la medida de libertad vigilada, por un plazo de 2 años, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, así como la inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad, por tiempo de 2 años y 10 meses. En concepto de responsabilidad civil, según especificó en su día la Audiencia provincial, se le impusieron 30.000 euros.
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