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Obligan a propietarios de Calo y Cacheiras a limpiar 300 fincas

El Concello de Teo les da 15 días // Si no obedecen, se desbrozará subsidiariamente cobrando entre 4.000 y 1.700 € por hectárea

El Concello de Teo acaba de notificar mediante anuncio a propietarios desconocidos de terrenos en Cacheiras y Calo para que desbrocen sus parcelas, un total de trescientas treinta y tres, aportando además el importe que se les cobrará en caso de que sea la administración quien supla su deber, con cuantías de entre 3.953 y los 1.688 euros la hectárea. El problema es que esta obligación está pensada para poner coto a los incendios forestales, y con los 15 días naturales que se da de plazo para ejecutar las labores, no se harán efectivas hasta bien entrado el mes de noviembre.

Las valoración de las labores en las más de trescientas parcelas concretas que ya se inspeccionaron arrojan cifras de entre 3.146 y 8,76 euros.

El Ayuntamiento echa mano del artículo 22.3 de la Lei 3/2007, del 9 de abril, de prevención e defensa contra os incendios forestais de Galicia comunicándole a los propietarios “a súa obriga legal de xestión da biomasa e de retirada de especies arbóreas prohibidas nas parcelas que se describen”, cita este aviso.

En caso de persistencia en el incumplimiento –transcurrido dicho plazo de 15 días naturales desde el siguiente a ser notificados–, el Concello de Teo acometerá sin más trámites a la ejecución subsidiaria con repercusión de los costes de gestión de la biomasa (y, en su caso, decomiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas por la Administración) en las condiciones establecidas en dicha normativa, sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda y con la obligación legal por parte de los titulares de los terrenos de facilitar el necesario acceso para la realización de los trabajos. Y es que quién realice las citadas labores podrá operar “sen consentimento da persoa titular, excepto nos supostos excepcionais previstos legalmente, cando o acceso afecte, dentro da parcela, espazos físicos susceptibles de merecer a cualificación de domicilio para os efectos do artigo 18.2 da Constitución española”.

En caso de que sea la administración local quien acometa la ejecución subsidiaria, el Ayuntamiento efectuará la liquidación provisional de los costes a los que previsiblemente dará lugar, “con advertencia de que se procederá á súa exacción inmediata en caso de persistencia non incumprimento, logo do transcurso do prazo outorgado, sen prexuízo da liquidación definitiva unha vez finalizados os traballos, de ser o caso”.

Asimismo, se iniciará el procedimiento sancionador, con multas de entre mil y cien mil euros y decomisándose cautelarmente la madera.

26 oct 2021 / 01:00
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