Ayudas de estado

La justicia europea concluye que Bruselas erró al declarar ilegales las ventajas fiscales para Amazon en Luxemburgo

En sus conclusiones preliminares, la abogada general concluye que Bruselas "erróneamente" no tomó como referencia el derecho nacional luxemburgués 

Un almacén de Amazo en Dortmund (Alemania).

Un almacén de Amazo en Dortmund (Alemania). / EP

Silvia Martinez

La justicia europea vuelve a enmendar la plana a los servicios de competencia de la Comisión Europea. En un dictamen preliminar, la abogada general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Juliane Kokott, concluye que la Comisión Europea se equivocó al declarar que Luxemburgo había concedido a Amazon ayudas de estado ilegales en forma de beneficios fiscales, propone desestimar el recurso del Ejecutivo comunitario y confirmar la sentencia de anulación del Tribunal General que anuló la decisión que obligaba a la multinacional a devolver a las arcas del Gran Ducado 250 millones de euros por lo que Bruselas consideró rebajas fiscales ilegales.

El caso arrancó en octubre de 2017 cuando la Comisión Europea dictaminó que los beneficios fiscales concedidos por Luxemburgo a Amazon por medio de una decisión fiscal anticipada de 2003 constituían ayudas de estado que no se ajustaban a los principios de libre competencia de la OCDE y una ventaja selectiva a la filial de la multinacional. Tanto el Gobierno luxemburgués como la compañía presentaron un recurso de anulación ante el Tribunal General de la UE que en mayo de 2021 decidió anular la decisión. Según dictaminaron entonces los jueves la Comisión Europea no demostró que el pacto hubiera reducido artificialmente la carga fiscal.

Aún así, los servicios de la competencia decidieron presentar batalla y recurrir. En sus conclusiones preliminares la abogada general concluye que Bruselas "erróneamente" no tomó como referencia el derecho nacional luxemburgués a la hora de examinar la existencia de una ventaja selectiva. “Como consecuencia de ese error, todas las demás observaciones contenidas en la decisión de la Comisión adolecen también de errores de Derecho. Por consiguiente, el Tribunal General anuló acertadamente la decisión ―si bien por otros motivos— al no haberse probado la existencia de una ventaja selectiva”, señala la abogada que considera que el TJUE no debe pronunciarse sobre si los motivos, que la Comisión impugna, son viables o no.

La abogada también dictamina que el recurso de casación de la Comisión Europea es infundado. Aunque considera manifiesto que el método elegido en la decisión fiscal anticipada luxemburguesa no fue un método manifiestamente erróneo ni tampoco se aplicó de manera significativamente equivocada, “habida cuenta de la autonomía fiscal de los Estados miembros, solo las decisiones fiscales anticipadas manifiestamente erróneas a favor del contribuyente pueden constituir una ventaja selectiva. Por tanto, la Comisión “tampoco pudo acreditar en su decisión que la decisión fiscal anticipada concedía una ventaja selectiva en favor de Amazon. 

A la espera de la sentencia definitiva, que llegará en los próximos meses, las últimas decisiones del TJUE en este terreno no anticipan nada bueno para el Ejecutivo comunitario. A principios de noviembre pasado, el TJUE concluyó que el Tribunal General se había equivocado al confirmar la decisión de Bruselas de que la multinacional del automóvil Fiat debía devolver a Luxemburgo 30 millones de euros en impuestos no pagados por las ventajas fiscales recibidas gracias a otra decisión fiscal anticipada de 2012.