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Por revelar datos del novio de Ayuso

Una asociación de fiscales pide al juez Hurtado que suspenda de funciones al fiscal general cuando le abra juicio oral

La APIF, que ejerce la acusación en la causa, sostiene que la aplicación de lo previsto en el Estatuto Fiscal debe corresponder al instructor del procedimiento

Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, durante su comparecencia en el Senado.

Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, durante su comparecencia en el Senado. / José Luis Roca

Madrid

La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) ha solicitado al magistrado del Tribunal Supremo Ángel Hurtado que acuerde la suspensión de funciones del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, cuando dicte el auto de apertura de juicio oral en su contra. Esta resolución es el próximo paso judicial una vez que la Sala de Apelación ha confirmado el procesamiento del máximo responsable del ministerio público por un delito de revelación de secretos de la pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso,

En un escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, la asociación que pide seis años de prisión para García Ortiz -una pena dos años más alta que la solicitada por el empresario Alberto González Amador, que fue la víctima de la revelación de secretos por el que se propone juzgarle- reclama al juez que instruyó la causa que aplique lo dispuesto en el artículo 145 del Reglamento del ministerio fiscal a quien está al frente del ministerio público.

Ese artículo prevé que el propio fiscal general suspenda a "cualquier miembro del ministerio fiscal contra el que se siga un procedimiento penal" y la convierte en obligatoria "en todo caso, cuando se dicte auto de apertura de juicio oral o de prisión por delito cometido en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas".

García Ortiz queda fuera de ese mandato porque por el cargo que ejerce se le considera fuera de la carrera fiscal, pero la APIF argumenta que queda dentro del concepto "cualquier miembro del ministerio fiscal" y, por tanto, él, porque su puesto se incluye entre los órganos del ministerio público. El Estatuto que regula la carrera declara que "serán aplicables al fiscal general del Estado las incompatibilidades establecidas para los restantes miembros del ministerio fiscal".

No puede decidir él

De ahí que considere que en cuanto se dicte el auto de apertura de juicio oral contra García Ortiz, debe ser suspendido cautelarmente como fiscal general del Estado y, por tanto, también como fiscal. Como el Estatuto deja en sus propias manos su aplicación, la asociación argumenta que debe hacerlo el juez instructor, ya que "no puede decidir" el propio García Ortiz "si corresponde o no su propia suspensión cautelar".

Tampoco nadie de la fiscalía, porque aunque él debería abstenerse por tener un interés directo en el asunto, sus sustitutos naturales tampoco podría ocuparse, puesto que la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, "no es imparcial, dado que es la que está interviniendo en la causa". Tampoco lo sería la jefa de Inspección, Antonia Sanz, porque "ha aportado documentos a la causa y está propuesta para declarar como testigo".

"Ante la inoperancia de los mecanismos previstos reglamentariamente, corresponde al juez instructor adoptar medidas cautelares que resulten necesarias para preservar el buen desarrollo del proceso", argumenta en abogado Juan Antonio Frago, en nombre de la APIF, que considera "imprescindible" para garantizarlo, sobre todo, teniendo en cuenta de que será el superior jerárquico del fiscal que intervenga en el juicio, lo que le permitiría impartir órdenes y hasta obligarle a darle cuenta.

Cuando se abrió la causa, la APIF también solicitó al juez Hurtado la suspensión cautelar de funciones de García Ortiz, lo que el magistrado rehusó al no entenderlo necesario para el buen desarrollo de la instrucción.

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