CASO BEGOÑA GÓMEZ
El juez Peinado pide a Interior que le informe de los viajes de Begoña Gómez a Dominicana, varios países africanos y Rusia
El magistrado lamenta "la escasa o casi nula colaboración con la Administración de Justicia, por las investigadas, pero también del esposo de la citada, actual Presidente Del Gobierno, Pedro Sánchez Pérez-Castejón"

El juez Juan Carlos Peinado en los alrededores de los juzgados de Plaza Castilla. / José Luis Roca
El juez de Madrid Juan Carlos Peinado ha encargado a la Oficina Nacional de Información del Pasajero (ONIP), un organismo dependiente del Ministerio del Interior, que recabe en diez días de las líneas aéreas "la información de los viajes realizados" por la mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez, y su asistente en Moncloa, María Cristina Álvarez desde el 16 de julio de 2018 hasta la actualidad. El instructor fija los días días para remitirle esta documentación al considerar que Presidencia del Gobierno ha cumplimentado sus peticiones "con un retraso injustificado, por lo que hace necesario que se fije un plazo".
El magistrado pide, además, que se concreten "los posibles viajes realizados a la República Dominicana, República del Congo, República Democrática del Congo, Guinea Ecuatorial, Guinea Bissau y a la Federación de Repúblicas Rusas", según especifica un auto de 6 de febrero.
En la resolución, el magistrado también oficia a la Secretaría General de Presidencia del Gobierno para que remita al Juzgado "copia de los correos electrónicos recibidos y enviados desde dicha cuenta asignada a Begoña Gómez, desde el 11 de julio de 2018 hasta el día de la fecha. Y verificado, remítanse dichos correos a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil para su análisis e informe al Juzgado".
Peinado explica en su auto que hace esta petición a Interior al "constatar la escasa o casi nula colaboración con la Administración de Justicia, por las investigadas", pero también del "esposo de la citada Investigada, actual Presidente Del Gobierno, Pedro Sánchez Pérez-Castejón, cuando tuvo la oportunidad, de colaborar en esta investigación, se acogió a la dispensa que le otorga el artículo 416 de la Ley De Enjuiciamiento Criminal, postura totalmente legítima, pero que, como se ha dicho a la negativa a facilitar los pasaportes lo que también es legítimo pero que conduce a que se haya de acudirse a otras vías de investigación, como la práctica de las diligencias que ahora se acuerdan".
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