Derrumbe de viviendas
El Tribunal Superior de Madrid desoye a los vecinos y se pone del lado de Ayuso frente a las reclamaciones por la ampliación del Metro
La primera sentencia rechaza incrementar las indemnizaciones por el derribo de viviendas y solo acepta pagar algo más de 18.000 euros más, frente a los 212.000 reclamados

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. / Gabriel Luengas - Europa Press

Prácticamente un año después de que comenzaran a analizarse los primeros recursos, la Sección Décima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid está comenzando a notificar su decisión final sobre las reclamaciones de los vecinos de San Fernando de Henares que perdieron sus casas a causa de las obras de la Línea 7B de Metro. Aunque fueron indemnizados, consideran que las cantidades fijadas por la administración autonómica son a todas luces insuficientes, y la justicia se está posicionando del lado del Gobierno de Ayuso frente a sus aspiraciones económicas.
La primera resolución notificada, con fecha del pasado 28 de abril, ha sido la que afecta a Nieves, que en 2021 perdió la vivienda que su padre había construido con sus manos, en la que aún residía en el momento del hundimiento, y en el que ella mantenía abierta una escuela de danza con 30 años de actividad.
En su caso la Comunidad llegó a un acuerdo con su padre, pero ella considera insuficientes los 45.000 euros con los que la Administración pretende compensar la pérdida de su negocio. Solo el material que tenía invertido en la escuela ha sido tasado por un perito en 80.000 euros, a lo que habría que añadir el lucro cesante, el alquiler del trastero en el que guarda dicho material y los daños morales, por lo que reclamaba algo más de 212.000 euros en total.
"Desolación" entre los afectados
Frente a ello, la justicia realiza algunos ajustes, pero estos apenas superan un incremento de la indemnización de 18.000 euros, según la sentencia a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. "Estamos desolados porque no entendemos tamaña injusticia", señala esta ciudadana en conversación con esta redacción, para añadir que el resto de afectados, que alcanza la treintena, temen que con sus casos pase algo parecido.

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Madrid / Diego Radamés - Europa Press
Aunque cabe recurso ante el Tribunal Supremo, sus letrados ya les han adelantado que recurrir la decisión es complicado, y valoran si merece o no la pena continuar pleiteando. Han tendido que ser derribadas más de 70 viviendas, mientras que en torno a 600 presentan daños, según la Plataforma de Afectados.
Los vecinos compensados hasta el momento por la Administración presidida por Isabel Díaz Ayuso lo han sido por cantidades que van desde los 150.000 a los 200.000 euros --en el caso de Nieves esta cantidad es notablemente menor-- un dinero que es insuficiente para comprar en el municipio una nueva casa con las mismas o similares características a la que perdieron, dada la situación del mercado de la vivienda. Las indemnizaciones tampoco han tenido en cuenta de forma individualizada los daños morales y las diferentes casuísticas de los vecinos que se vieron afectados por las obras.
En el caso de Nieves, en el recurso se reclamaban 125.000 euros más por la "capitalización de la diferencia de la renta arrendaticia" del local en el que esta vecina tenía su negocio, casi 80.000 eros más por los gastos de acondicionamiento de la nueva escuela de danza en otro local y otras cantidades por el lucro cesante, los alquileres abonados desde su desalojo, uso de guardamuebles y "daños morales sufridos por la situación soportada". Apenas un año antes de que se produjeran los daños por las obras Nieves había gastado al menos 25.000 euros en mejorar su escuela.
Argumentaba igualmente que la resolución dictada por la Comunidad de Madrid que se llevó a los tribunales, que tiene fecha del 9 de febrero de 2024, no tuvo en cuenta que el inmueble demolido "fue su vivienda familiar hasta que se independizó, y seguía siéndolo de su padre, ni que el cierre súbito y sin ayudas de su negocio por ruina del inmueble le causó un cuadro de ansiedad" que ha sido acreditado pericialmente.
Frente a sus pretensiones, la Comunidad de Madrid considera que la indemnización inicial que fijó para esta vecina se ajustó a derecho, al no atribuir "suficiente fuerza de convicción" a los informes periciales aportados por esta parte y que habían sido elaborados por un arquitecto. Tampoco consideraba acreditada la imposibilidad de encontrar un local en arrendamiento similar al que ocupaba su escuela de danza.
Discrepaba igualmente la Administración en lo relativo al lucro cesante, al manifestar que no procedía calcular la indemnización con base en las certificaciones aportadas por la vecina sino en sus propias declaraciones de IRPF. Sobre los daños morales, la cantidad inicial de 10.000 euros se tenía por suficientemente motivada.

Interior de la estación de San Fernando tras la reapertura total de la línea 7B de Metro de Madrid / Jesús Hellín - Europa Press
Actuación de la Comunidad
El Gobierno autonómico argumentó igualmente ante el Tribunal Superior que realizó varios intentos de consolidar y estabilizar el terreno, "así como inspecciones a viviendas y auscultación y control de las infraestructuras y edificios de forma periódica", si bien "los citados intentos para consolidar y estabilizar el terreno resultaron infructuosos". Agregó ante la justicia que aunque mes de julio de 2021 la Comunidad de Madrid encargó trabajos de rehabilitación estructural del edificio de Nieves, "los mismos no se llevaron a cabo porque el Ayuntamiento de San Fernando de Henares había declarado en estado o situación de ruina física inminente de la citada edificación y en junio de 2021 se produjo el desalojo del local.
Como consecuencia de todas estas alegaciones, la sentencia reconoce que "queda fuera de toda duda que doña María Nieves se vio sometida a una gran presión psicológica durante un periodo de tiempo desorbitado", un estado anímico que ya se pudo iniciar en el año 2007 y que se mantuvo a lo largo de todo el tiempo en que las deficiencias se fueron agravando. No se comenzó a inspeccionar el estado real de los edificios hasta el mes de agosto de 2018.
La Administración no anuda la indemnización por daño moral al perjuicio para la salud que pudiera representar un diagnóstico clínico de ansiedad, pero sí compensa "el sufrimiento psíquico, la zozobra, la incertidumbre y el temor por su devenir profesional que le ha provocado la actuación administrativa" que considera "muy intensos". Por ello, La Sala acuerda fijar un incremento adicional de 15.000 euros por daños morales. A ello suma 2.019 euros más por lucro cesante y 847 por la necesidad de acudir a un guardamuebles, rechazando la práctica totalidad de sus pretensiones.
Otro órgano judicial, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 11 de la capital, Jesús Torres, ya reconoció en julio de 2025 el recurso presentado por uno de los damnificados y ordenó incrementar la indemnización concedida inicialmente, según publicó este periódico, además de reconocer y cuantificar por primera vez el daño moral sufrido, algo que servirá de importante precedente.
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