El Juzgado rechaza la nulidad y vuelve a fijar para este jueves la vista contra Baltar por ir a 215 km/h

El juicio tendrá lugar de manera presencial o telemática, a partir de las 9:00 h de mañana, por el exceso de velocidad detectado en un control el pasado 23 de abril

El presidente de la Diputación de Ourense, Manuel Baltar, tendrá que comparecer este jueves en el juzgado por conducir a 215 km/h

El presidente de la Diputación de Ourense, Manuel Baltar, tendrá que comparecer este jueves en el juzgado por conducir a 215 km/h / FDV

Agencias

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Puebla de Sanabria (Zamora) ha rechazado la petición de nulidad de las actuaciones solicitada por la defensa del presidente de la Diputación de Ourense, Manuel Baltar, y celebrará mañana la vista por la supuesta autoría de un delito contra la seguridad vial cometido al conducir a 215 kilómetros por hora.

La defensa pidió en sus recursos la suspensión del juicio y la nulidad de las actuaciones, desestimados por el Juzgado, que ha fijado para este jueves el juicio rápido contra el presidente de la Diputación de Orense, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El juicio se celebrará, de manera presencial o telemática, a partir de las 9.00 horas, según ha acordado el juzgado instructor de la causa derivada del exceso de velocidad detectado en un control realizado el pasado 23 de abril, cuando Baltar conducía el coche oficial que tiene como presidente de la Diputación de Ourense por la autovía A-52 Rías Baixas a la altura de la comarca zamorana de Sanabria.

El juicio no pudo celebrarse el pasado martes día 9 por incomparecencia del abogado de Baltar, Juan Ramón Montero, que previamente había solicitado el aplazamiento de la vista por tener otro señalamiento anterior, aunque esa petición fue rechazada por el juzgado al entender que podía asistir telemáticamente.

El tramo en el que fue detectado por el radar el presidente de la Diputación de Ourense cuando circulaba en dirección Benavente a la altura del kilómetro 67 tiene la limitación de velocidad genérica de autovía, de 120 kilómetros hora.

Al superar en más de 80 kilómetros hora la velocidad máxima permitida, una vez establecido el margen de error del cinemómetro fijado en el 5 % para ese modelo de radar estático, el exceso de velocidad fue considerado delito contra la seguridad vial y las diligencias remitidas al juzgado.

En el momento en el que pararon el vehículo oficial que guiaba Baltar para identificar a su conductor, los agentes que realizaban el control de velocidad no disponían de la certificación del margen de error del medidor de velocidad, por lo que inicialmente le pusieron por el exceso de velocidad una multa de 600 euros, que con el pronto pago quedaron en 300, y seis puntos de detracción del carné de conducir.