La juez del Supremo propone juzgar al senador del PP José Manuel Baltar por un delito contra la seguridad vial
El expresidente de la Diputación de Ourense fue interceptado en abril de 2023 a 215 km/h en la A-52 al volante de un coche oficial

El expresidente de la Diputación de Ourense José Manuel Baltar / Carlos Castro - Europa Press - Archivo
E.P.
La juez del Tribunal Supremo Ana Ferrer ha propuesto juzgar al senador del PP José Manuel Baltar por un delito contra la seguridad vial por presuntamente conducir un coche a 215 kilómetros por hora en la autovía A-52 en 2023.
La magistrada adopta esta decisión después de que el Senado aprobara el suplicatorio y de tomar declaración a Baltar, quien compareció voluntariamente ante el Supremo el pasado 19 de diciembre para negar que condujera a esa velocidad. "No existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora", dijo su abogado, Ramón Montero, en declaraciones a la prensa.
Los hechos por los que se investiga al senador 'popular' se remontan al 23 de abril de 2023, cuando fue interceptado, según el informe definitivo de la Guardia Civil de Tráfico, a 215 kilómetros por hora en la A-52 al volante de un coche de la Diputación de Ourense.
Antes de que el caso llegara al Supremo, el Ministerio Fiscal presentó un escrito de acusación contra Baltar considerándolo autor de un delito contra la seguridad vial, en la modalidad de conducción de vehículos a motor a velocidad superior a la legalmente permitida del artículo 379.1 del Código Penal.
La Fiscalía pidió una pena de seis meses de multa a razón de cuota diaria de 10 euros, lo que se traduciría en unos 1.800 euros. El Ministerio Público también reclamó un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores para el dirigente del PP.
El juzgado de instrucción acordó la apertura del juicio oral contra Baltar por hechos supuestamente constitutivos de un delito de conducción de velocidad. Pero, una vez acreditada la condición de senador designado por el Parlamento de Galicia, acordó la inhibición y remisión de las actuaciones al Supremo.
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