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La justicia europea respalda la tramitación de los parques eólicos en Galicia

El TJUE rechaza los argumentos del TSXG y concluye que la normativa comunitaria «no se opone» a consultar a la vez a ciudadanos y organismos con competencias en la evaluación ambiental

Parque eólico en Muras (Lugo). |  Carlos Castro (EP)

Parque eólico en Muras (Lugo). | Carlos Castro (EP)

Julio Pérez

El sector eólico está desde hoy un poco más cerca del desbloqueo. La sala décima del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) acaba de avalar la tramitación de los parques en Galicia. El fallo, dado a conocer esta mañana, descarta los argumentos del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que daba por hecho que los informes sectoriales elaborados por los organismos con competencias en la evaluación de impacto ambiental deben pedirse antes de la consulta pública del proyecto para ponerlos a disposición de los interesados durante la fase de alegaciones. El TJUE niega que eso sea obligatorio para adaptarse a la directiva europea de examen de impacto.

«No se opone», aseguran los jueces, a una normativa de un estado miembro «según la cual en el marco de un procedimiento de evaluación de impacto ambiental de un proyecto sujeto a dicha directiva las autoridades que puedan estar interesadas en ese proyecto debido a sus responsabilidades ambientales específicas o a sus competencias locales o regionales, son consultadas al mismo tiempo que el público interesado». «Sin que ese último -añade- tenga derecho a formular posteriormente ante la autoridad o autoridades competentes para autorizar el referido proyecto sus observaciones y opiniones sobre los dictámenes emitidos en ese contexto por las autoridades consultadas».

El TSXG decidió llevar el actual procedimiento seguido por la Xunta en el examen ambiental de los parques eólicos a la justicia europea tras el fallo del Supremo que tumbó su primeras sentencias contra las autorizaciones al parque eólico de EDP en Corme.

«Celebramos que el TJUE se haya pronunciado de una forma tan contundente y taxativa, que da la razón a la Xunta en cuanto a su forma de tramitar los proyectos eólicos», valora la Asociación Eólica de Galicia (EGA), confiada en que el fallo «permita poner fin a cinco años convertidos en un desierto industrial en materia de energías renovables». «Que este hito judicial -remarca la patronal- suponga un antes y un después en la reactivación y desarrollo del sector en Galicia».

EGA cifra en 92 los parques eólicos, que suman 2.500 megavatios (MW) de potencia, con recursos judiciales en curso. La inmensa mayoría, 86, tienen la autorización administrativa suspendida por medidas cautelares. La duda es hasta qué punto la resolución del TJUE va a desatascar la situación. Tras el varapalo del Supremo, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo cambió su argumentación para la paralización de los parques. En vez de pararlos por el procedimiento, se centró en los posibles riesgos ambientales individuales.

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