Caso Tomé
¿Cómo funciona el protocolo contra el acoso sexual del PSOE?
La formación contempla el apoyo psicológico a las víctimas y la emisión de informes sobre los hechos en un plazo máximo de tres meses

Sánchez y Tomé en la Feria Internacional de Turismo (Fitur) en enero de este año / CEDIDA
Lleva días en boca de todos: el protocolo contra los casos de acoso en el seno del PSOE. A las denuncias contra el que fuera alto cargo en la Moncloa Paco Salazar, se sumaron este martes las de otras seis mujeres que acusan al presidente de la Diputación de Lugo y alcalde de Monforte de Lemos de tocamientos, comentarios o mensajes inapropiados. Todas estas cuestiones habían sido denunciadas de manera interna en el partido.
En el marco de la lucha contra la violencia de género, todas las formaciones políticas están obligadas desde el año 2023 a contar con un protocolo propio en el que se definan los pasos a seguir en el caso de que se denuncia por vía interna alguna situación de acoso de índole sexual.
Con los deberes hechos, al menos sobre el papel, el PSOE recoge en su web dos documentos: uno para hacer frente al acoso sexual en el partido y otro para prevenir el acoso en el ámbito laboral (no necesariamente sexual).
Con el foco puesto en el Protocolo frente al acoso sexual en el PSOE, al que se presupone que acudirían las denunciantes, el texto afirma el compromiso de la formación a “asignar los medios humanos y materiales necesarios para prevenir y hacer frente, en su caso, a las consecuencias derivadas de este tipo de conductas”. Entre estos comportamientos se encuentran el acoso ‘quido pro cuo’, los chantajes o la creación de un ambiente degradante o humillante.
Existen varias formas a través de las que denunciar: enviándolas al código postal de Ferraz, por email o través de la web del partido en su vertiente ‘Órgano contra el acoso’, que permite anonimizarla ya al inicio del proceso.
El protocolo recoge, asimismo, que el partido puede actuar sobre personas afiliadas, cargos públicos, voluntarias o aquellas que, sin cumplir ninguno de los supuestos anteriores, hayan sido designadas para una función específica por la formación política.
¿Quién se ocupa de las denuncias?
Para hacer frente a los casos que puedan emerger, la por la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE (CEF) tiene la obligación de crear –también puede destituirlo y cesarlo- el Órgano contra el Acoso, paritario y compuesto por especialistas en la materia.
Estará formado por tres personas, una de ellas pertenecientes a la Comisión Federal de Ética y Garantías. Sobre las otras dos no existe ninguna especificación más allá de que se garantice “el desarrollo de sus funciones de forma independiente y autónoma”.
Entre sus funciones estará, así, “dirigir el estudio de la denuncia, proponer las medidas a adoptar de protección necesaria de la víctima, el asesoramiento de esta, y la realización de su informe final”. Los datos relativos a la denuncia solo podrán ser conservados por un periodo máximo de diez años, puesto que solo están obligados a “conservarlos durante el período que sea necesario y proporcionado para cumplir con la normativa”.
Los pasos
Las denuncias, tal como es habitual en otras instancias como la Policía o los juzgados, podrá ser presentada por la víctima, su representante legal o cualquier persona que tuviera conocimiento de las conductas. En un plazo máximo de siete días naturales, la persona denunciante deberá ser informada del recibido de la acusación por parte del partido.
De ser admitida la acusación, el texto recoge la obligación de poner a disposición de la víctima ayuda psicológica, el restablecimiento de su puesto de trabajo y su asesoramiento o acompañamiento legal. El Órgano contra el Acoso o por la persona en que este delegue –no se especifica quién puede ser- cuenta con un máximo de tres meses para dar respuesta al análisis de la situación, “pudiéndose prorrogar por otros tres meses en casos de extraordinaria complejidad o circunstancias justificadas”.
En este proceso deberá contactar, además, con las partes afectadas. Se hará por separado, con el propósito de conocer la versión de sus hechos. Ambas, si así lo solicitan, pueden estar acompañadas por una persona de su elección. Finalizado este proceso, el proceso se podrá alargar hasta tres meses más para la emisión de las medidas que propone el órgano responsable.
En el caso de quedar probados los hechos de la denuncia, este será elevado a la Comisión Ejecutiva Federal –si se propone la incoación de expediente disciplinario- o a la Gerencia Federal - si cabe la iniciación de procedimiento sancionador laboral-. Además, en el caso de que los hechos pudieran revestir el carácter de delito conforme al código penal serán traslados al Ministerio Fiscal, si no hubieran sido ya denunciados.
¿Y si choca con el otro protocolo?
El protocolo para prevenir el acoso en el ámbito laboral de la formación socialista “será aplicable, siempre que sea posible por su naturaleza, a aquello que no sea previsto” en el otro texto. De este modo, en el supuesto que se pueda dar la posibilidad de aplicación simultánea, “se aplicarán las reglas de solapamiento”, pudiendo seguir el otro protocolo de acoso laboral en el caso de que el otro se desestime.
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