La temporada de caza 2026-2027 ya tiene fechas en Galicia: estas son las condiciones según la especie
Con carácter general, irá del 18 de octubre al seis de enero, siendo flexible en función tanto de las especies como de los terrenos de caza

Un cazador en la temporada pasada en un monte ourensano / Rosa Veiga | E.P.
La próxima temporada de caza de 2026-2027 ya tiene fechas en la comunidad gallega: arrancará de manera oficial el 18 de octubre y se prolongará hasta el 6 de enero de 2027. Así lo acordó este jueves el Comité Galego de Caza, en una reunión presidida por la directora xeral de Patrimonio Natural de la Xunta, Marisol Díaz. Entre las novedades, un refuerzo contra el jabalí con la modalidad de la llamada caza en mano (con cuadrillas más reducidas que en las batidas, de hasta seis personas, con un máximo de tres perros por participante), con el propósito de prevenir la peste porcina.
Según traslada el Ejecutivo gallego, con carácter general, se permitirá el ejercicio de la actividad cinegética los jueves, los domingos y los festivos de carácter estatal o autonómico. Si bien, sobre el papel, el abanico de fechas siempre es más flexible según la especie y los terrenos de caza, especialmente con las especies de caza mayor.
Caza mayor
De manera concreta, en lo que se refiere al jabalí, en el régimen cinegético común el periodo general de caza abarcará del 15 al 31 de agosto de 2026 y de 7 de enero al 28 de febrero de 2027 (los jueves, sábados, domingos y festivos); y de 1 de septiembre de este año al 5 de enero de 2027 los sábados, en las modalidades de batida, montaría y espera. Asimismo, en el régimen cinegético especial (RCE) la temporada irá de 15 de agosto al 28 de febrero de 2027, los jueves, sábados, domingos y festivos en las modalidades de batida, montaría y espera.
Así las cosas, con la intención de reforzar el control de esta especie en el contexto actual, se evaluaron medidas como la posibilidad de autorizar la caza de jabalíes en los acechos de corzo que se realicen en terrenos en régimen cinegético especial entre el 1 de abril y el 31 de julio de 2027, sin descontar de la costa de capturas que tengan aprobados los tecores para la temporada 2026/2027.

Un grupo de cazadores se prepara para salir / Rosa Veiga | E.P.
En cuanto al corzo, los machos adultos podrán capturarse en terrenos en régimen cinegético común entre el 15 de agosto y el 17 de octubre, los sábados en batida/montería, y todos los días de la semana en la modalidad de acecho. En terrenos en régimen cinegético especial, el periodo general abarcará de 15 de agosto hasta el 17 de octubre -todos los días de la semana en la modalidad de acecho y los sábados, domingos y festivos en la de batida/montería-, con posibilidad de cazarse también en acecho todos los días de la semana desde el 1 de abril hasta el 31 de julio del próximo año.
Las hembras adultas de corzo permanecen vedadas con carácter general, pues solo se permite su caza puntual por daños y también en tecores si está técnicamente justificada de acuerdo con la situación real de la población en cada tecor, pudiendo escogerse entre dos períodos: de 5 de septiembre al 17 de octubre de 2026 o de 7 de enero al 13 de febrero de 2027. Para el ciervo, el gamo y el muflón, en régimen cinegético especial, el período general abarcará de 13 de septiembre al 17 de octubre de este año en la modalidad de acecho todos los días de la semana, con posibilidad de cazarse en batida/montería los jueves, sábados, domingos y festivos en el periodo comprendido entre el próximo 17 de octubre y el 5 de enero de 2027.
Caza menor
En las especies de caza menor, los periodos también varían. En el caso de la arcea, el periodo hábil general irá también de 18 de octubre al 6 de enero del año que viene, con posibilidad de ampliarse hasta el 7 de febrero en terrenos de régimen cinegético especial que así lo soliciten. Para la liebre, se extenderá del 18 de octubre al 29 de noviembre de 2025, los jueves, domingos y festivos en terrenos de RCE.
En lo referente a la codorniz y al palomo torcaz, la temporada también coincidirá con el periodo hábil general, a excepción de la media veda en los tecores de la Antiga Lagoa de Antela, que se establece entre el 22 de agosto y el 13 de septiembre, los sábados y domingos. Por su parte, el periodo general en la modalidad de batida para la caza del zorro abarcará del 3 de septiembre hasta el 17 de octubre y entre los días 7 de enero y 7 de febrero de 2027 los jueves, sábados, domingos y festivos.
Además, se establece la veda de perdiz pardilla, avefría, tórtola turca y común, pato cullerete, gaviota oscura, gaviota argéntea, gaviota patiamarilla, paloma brava, paloma zurita y grajilla occidental; mientras que otras aves de caza menor se regirán por el período hábil general. En cuanto al entrenamiento de perros se valoraron las distintas propuestas en relación con las limitaciones, con el periodo de máxima sensibilidad para la cría de especies silvestres, perros atados y el entrenamiento en zonas de seguridad y de caza permanente.
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