Más de 58.000 hogares gallegos pueden verse beneficiados de la prórroga del alquiler
La medida, puesta en marcha por el Gobierno en el marco del plan para hacer frente a la guerra de Irán, puede llegar a afectar a 132.237 personas en la comunidad

Una pareja pasa ante el escaparate de una agencia inmobiliaria en Santiago / Antonio Hernández

Al incremento de los precios de la energía y de la cesta de la compra por los efectos que la guerra en Irán está produciendo ya en la economía mundial, se podría sumar un acusado alza del precio del alquiler en más de 58.000 hogares gallegos que tendrán que revisar sus contratos antes del 31 de diciembre del próximo año. Una revisión que, a tenor de la evolución del precio del arrendamiento analizado por el Observatorio Galego da Vivenda, podría suponer un incremento en la cuota del alquiler de en torno al 30%.
Con el objetivo de otorgar estabilidad y seguridad económica a estos inquilinos, el Gobierno introdujo una prórroga de carácter extraordinario en los contratos de arrendamiento de vivienda habitual en el último de los decretos para hacer frente al conflicto en Oriente Próximo, el Real Decreto-ley 8/2026, aprobado el pasado 20 de marzo. Esta medida permite a los arrendatarios que se encuentren en esta situación demandar una prórroga del contrato por dos años que deberá ser aceptada de manera obligada por parte del propietario.
Según los datos recopilados por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a partir del Panel de Hogares que desarrolla la Agencia Tributaria en colaboración con el Instituto Nacional de Estadística y el Instituto de Estudios Fiscales, en la comunidad hay 36.543 contratos de alquiler de vivienda habitual sellados en 2021, que, por tanto, finalizan este año y 22.229, que llegarán a término en 2027.
De este modo, el análisis realizado por el departamento de Pablo Bustinduy —al que ha tenido acceso este diario—, cifra en 58.772 los hogares que se podrían acoger a la prórroga de los contratos del alquiler en la comunidad. Unas viviendas en las que, según los números de Consumo, residen más de 130.000 gallegos que podrían extender durante dos años más la vigencia de su arrendamiento.
No obstante, el cálculo realizado por Consumo supone una semejanza de la cifra real dado que a esta cifra habría que restar aquellos contratos vencidos en los tres primeros meses del año, antes del día 22 de marzo. Además de aquellos inquilinos que, habiendo entrado a vivir en su piso de alquiler en 2021 o 2022, rescindieron el contrato antes de los cinco años que estipula la ley.
Solicitud expresa
Esta prórroga no se trata, en ningún caso, de un trámite automático si no que todos aquellos inquilinos que quieran beneficiarse de la medida deberán solicitarlo de forma expresa. Es fundamental que exista constancia de que el propietario de la vivienda ha recibido la petición. Por ello, los expertos recomiendan que la solicitud se curse mediante un burofax con acuse de recibo —que se puede enviar desde cualquier oficina de Correos— o a través de un correo electrónico certificado.
Los ministros de Sumar en el Gobierno de coalición han demandado a los inquilinos a lo largo de la última semana que realicen esta solicitud con urgencia. «Le pido a todas las personas que insten a la prórroga del contrato de arrendamiento», apuntó días atrás la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Esto se debe a que el decreto estará en vigor durante 30 días, es decir, hasta el próximo 22 de abril, momento en que deberá ser aprobado en la sede del Legislativo. En caso contrario, decaerá.
Una opción, esta última, que es la más probable en este momento ya que, además de PP y Vox, Junts ya ha anunciado su voto contrario a esta norma. En opinión de los nacionalistas catalanes se trata de una medida que fomenta «la guerra entre inquilino y propietario», tal y como denunció su portavoz en el Congreso, Miriam Nogueras.
No obstante, aunque el decreto sea rechazado por las Cortes, aquellos arrendatarios que hayan cursado la petición antes del próximo 22 de abril podrán disfrutar de esa prórroga de dos años en el contrato del alquiler. Al menos eso defienden en Sumar, ya que desde la patronal inmobiliaria prevén un importante aumento de los litigios en caso de que, efectivamente, la normativa decaiga.
El propietario obligado a aceptar
En cualquier caso, una vez el inquilino haya cursado la solicitud, el propietario está obligado a aceptar la prórroga. Únicamente existen dos preceptos por los que el arrendador se podría negar a la extensión del contrato: el haber notificado con carácter previo al inquilino que necesita ocupar la vivienda o que ambas partes lleguen a un acuerdo o bien redacten un nuevo contrato.
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