Candia blinda el rol de María Reigosa en el concello de Lugo mediante un decreto sin precedentes en Galicia
La alcaldesa ata jurídicamente el voto número trece, al clarificar sus funciones políticas, pero la excluye del organigrama municipal

María Reigosa, el pasado jueves, durante el pleno de moción de censura en Lugo. / Carlos Castro
En la tarde del pasado jueves, 7 de mayo, tan solo unas horas después de que culminara la moción de censura en Lugo, la nueva alcaldesa Elena Candia (PP) hacía público el organigrama de su gobierno municipal. Nada especialmente sorprendente o inesperado, más allá del puesto «de supervisión política y programática de actuaciones municipales en materia de infraestructuras de manera transversal» que le concedió a la edil tránsfuga exsocialista María Reigosa, cuyo voto le proporcionó la llave de la ciudad.
Siendo lo propio tras una toma de posesión en una alcaldía, este lunes Candia firmó el decreto de organización del gobierno, mediante el cual ratifica el reparto de carteras y competencias entre la propia regidora y los once concejales populares. Pero después rubricó otro papel: un decreto de «delimitación de la función» de Reigosa como parte de su equipo municipal. De esta forma, blinda legalmente su participación, buscando evitar una situación como la del concello de Outes en 2025 al «precisar el alcance de la participación política de la concejala no adscrita, estableciendo de forma expresa las funciones permitidas y las excluidas».
El decreto, de siete páginas, actúa al amparo de la Ley de Bases de Régimen Local —que regula los derechos económicos y políticos de los tránsfugas—, «hace transparente y delimita» el papel de Reigosa en el nuevo gobierno del PP «en materia de infraestructuras, mediante una función de supervisión política y programática orientada al seguimiento, impulso, contraste y evaluación de los compromisos y actuaciones municipales». Además, recalca que este puesto de Supervisora de Infraestructuras —equivalente al de coordinadora general de ese departamento— «no tiene naturaleza técnica, administrativa resolutoria, directiva ni jerárquica». Candia quiere impedir, pues, que este añadido en el currículum de María Reigosa se interprete como «una delegación encubierta, una dirección material del área o un incremento de los derechos económicos o políticos», según consta en el propio texto.

Captura de pantalla de uno de los puntos del decreto firmado por Elena Candia. / ECG
¿Qué podrá hacer y qué no?
En el cuarto punto de dicho decreto se establecen ocho actuaciones que se le permitirían a Reigosa. Así pues, la exsocialista podrá realizar el seguimiento «político y programático» de las actuaciones municipales dentro de su área; participar en reuniones políticas «de seguimiento, coordinación y evaluación» convocada por la alcaldesa; realizar propuestas; trasladar demandas, prioridades o incidencias; «solicitar información municipal por los cauces ordinarios» al grupo de gobierno; ser informada del estado de las actuaciones incluidas en su cartera; dar cuenta a la Xunta de Goberno Local de sus funciones; participar en actos públicos, reuniones vecinales o comparecencias políticas sin actuar como «titular de área, concejala delegada, responsable municipal ejecutiva o autoridad competente». Es decir, podrá desempeñar legalmente las funciones de una edil al uso, siempre «bajo la supervisión de la Alcaldía».
Sin embargo, el decreto firmado por Elena Candia incluye otras catorce prohibiciones a mayores, tales como: ejercer competencias delegadas; dirigir el área de Infraestructuras; dar órdenes al personal funcionario, laboral, eventual o directivo, y a contratistas, concesionarios o empresas municipales; autorizar proyectos, contratos, obras o informes; presidir reuniones en nombre del Concello ni representarlo frente a otras Administraciones —esto último salvo encomienda de la alcaldesa—; o «acceder a expedientes o documentación fuera de los cauces ordinarios reconocidos». Tampoco podrá disponer de personal propio, medios materiales, correo institucional o agenda propia. Por supuesto, no podrá percibir «retribución, dedicación, asistencia, indemnización, compensación económica o ventaja económica», tal y como indica la ley.
No pertenece al equipo de gobierno
Queda excluida del uso de «membretes, firmas, tarjetas, notas de prensa o referencias institucionales» que apunten a que ostente algún cargo. A pesar de que Candia quiso completar su equipo de gobierno con Reigosa a su lado, el decreto establece que la edil tránsfuga «no podrá figurar en el organigrama municipal», aunque por el momento aparece en el esquema de la web del ayuntamiento.
Con todo, Candia quiso matizar el lugar en el que se sentará Reigosa durante las sesiones plenarias del concello de Lugo, de tal forma que justifique un cambio de silla de la bancada socialista a la del PP. Así pues, el decreto determina que «la concejala no adscrita ocupará en el salón de plenos el asiento que determine la Alcaldía-Presidencia», con el fin de «facilitar la emisión y recuento de voto» de la concejala no adscrita. Este sigue siendo indispensable para el nuevo gobierno del Partido Popular, igual de determinante que fue para el bipartito, dado que el BNG y el PSdeG suman el mismo número de ediles que el PP, doce. Y Reigosa sigue siendo el número trece, el desempate.
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