Santiago
+15° C
Actualizado
martes, 23 abril 2024
16:11
h

Apoteosis

    En la Roma arcaica, cuando se empieza a abandonar la práctica de tomar y considerar sistemáticamente como esclavos a los habitantes de lugares conquistados, solo quien tuviera la condición de “ciudadano” (“cives”) podía defender los intereses de un extranjero, en tanto éste hubiera pasado de enemigo (“hostis”) a huésped (“hospes”); es decir, cuando entre ambos se hubiese entablado una relación de hospitalidad. Paulatinamente, se fue otorgando competencia para procesos con extranjeros a jueces especiales (en Grecia, al “polemarchos”, y en Roma, al “praetor peregrinus”); hasta que, en el 212 d.C., se dictó la Constitutio Antoniniana, extendiendo la ciudadanía romana a todos los habitantes libres del imperio.

    Este crucial edicto -junto con unas famosas Termas- catapultó a su impulsor a los anales de la historia, el emperador Marco Aurelio Severo Antonino Augusto (nacido Lucio Septimio Basano), más conocido por el sobrenombre que le dio el hecho de popularizar una prenda procedente de su Galia de origen, una larga capa llamada “caracalla”. El mismo gobernante que, para evitar compartir el poder, acabó con la vida de su hermano Geta, fallecido en brazos de su madre y que sufriría la ira del fratricida aun después de muerto, al decretar su verdugo uno de las peores condenas existentes entonces contra los enemigos del imperio, bautizada más tarde con la locución latina “damnatio memoriae” (“condena de la memoria”).

    Mediante la damnatio -conocida en culturas previas y practicada en otras posteriores, hasta la actualidad- el Senado, de ser el caso, reconocía la impopularidad manifiesta de un emperador, tras su deceso, procediendo a decretar que su nombre fuese borrado de todas las inscripciones (“abolitio nominis”). Además, sus estatuas y toda representación física de su imagen eran destruidas, al igual que sus obras, salvo que pasaran a considerarse atribuidas a su sucesor; las leyes y decisiones dictadas durante su mandato eran derogadas, a no ser que corrieran la misma suerte que sus obras, en el mejor de los casos.

    El nuevo presidente de Estados Unidos ni tiene capa ni hermano alguno que ensombrezca su poder; pero ha conseguido recordar ambos pasajes de Caracalla de un solo golpe, mediante su decidido y decisivo impulso al pacto alcanzado por el G7 la semana pasada para establecer una tributación mínima uniforme en el impuesto sobre sociedades. El acuerdo -calificado con razón como histórico por los medios económicos de medio mundo- parte de un porcentaje universal del 15%, con la finalidad de atajar el denominado “dumping fiscal”; esto es, la competencia desleal entre países para atraer la domiciliación de empresas ofreciendo ventajas tributarias.

    Así, por un lado, aunque es controvertido, cabe recordar que la finalidad última del célebre edicto imperial romano era conseguir incrementar la recaudación del imperio, al aumentar la cantidad de contribuyentes que habrían de pagar impuestos por la manumisión de esclavos o los derechos sucesorios. Igualmente, la suerte de “Constitutio Societaria” que supone esta pretendida homogeneidad mundial del tipo fiscal mínimo aludido, tiene como fin principal que los gobiernos consigan más dinero para afrontar la ansiada recuperación postpandemia; que, en el caso de los Estados Unidos, se pretende alcance la movilización de seis (b)illones de dólares, tal y como ha solicitado recientemente al Congreso el propio presidente.

    De otro lado, a modo de karma que siempre vuelve, Biden decreta, apoyando este acuerdo, la definitiva “damnatio memoriae” contra su antecesor, cuya política no podía ser más opuesta, por una parte, al multilateralismo, como forma de gobernanza en las relaciones internacionales y, por otra parte, al fortalecimiento del sector público; ambos aspectos tan evidenciados en el trasfondo del histórico pacto alcanzado como obvia resulta la bofetada a Donald Trump, apenas alcanzados los cien días de mandato del nuevo presidente. Se ve que, en la actualidad, el requisito previo del deceso para poder lanzar la condena de la memoria es optativo.

    La operación contraria a la damnatio era aquélla mediante la cual el emperador fallecido, lejos de ser olvidado, era elevado a la categoría de dios, recibiendo el homenaje público póstumo correspondiente. Ceremonia muy antigua, pues ya Jenofonte da noticia del caso del rey persa Ciro, el grande; aunque, en realidad, la procedencia de tal práctica es incluso anterior, del tiempo de los asirios, de donde pasó a los persas, de ahí a los egipcios, llegando a los griegos, que la bautizaron con el mismo nombre que conservarían los romanos: “apotheosis”. Palabra cuyo significado en castellano ha ido evolucionando hasta identificar también la “manifestación de gran entusiasmo en algún momento de una celebración o acto colectivo”.

    Apoteósicamente ha celebrado el gobierno español el acuerdo del G7 y parece animado a ser de los primeros -si no el primero- en implementarlo. No obstante, a falta de una coordinada -y, preferiblemente, simultánea- actuación de las principales economías del mundo (China no forma parte del G7, por ejemplo), pueden resultar eventuales perjuicios para los países que se adelanten. Dado que, entre otras cuestiones, todavía no se ha aclarado suficientemente el punto clave en la arquitectura del pacto; esto es, la conexión que decidirá cómo vincular una sociedad con un territorio dado, a efectos de recaudar el impuesto. Aunque, ciertamente, otro significado de apoteosis es, “en una revista musical o en un espectáculo similar, escena culminante con que concluye la función y en la que participa todo el elenco”. Pues eso.

    13 jun 2021 / 01:00
    • Ver comentarios
    Noticia marcada para leer más tarde en Tu Correo Gallego
    TEMAS
    Tema marcado como favorito
    Selecciona los que más te interesen y verás todas las noticias relacionadas con ellos en Mi Correo Gallego.