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Dos años de prisión por abusar de una menor en Ferrol

También se le imponen cinco años de libertad vigilada, la prohibición de acercarse a la víctima y se le inhabilita para trabajar con menores de 6 años

Un joven de 19 años ha sido condenado a dos años de prisión por abusar sexualmente en Ferrol de una menor de edad que, en el momento de los hechos, tenía 12 años.

La sentencia de la sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña, difundida este martes por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), impone para él una pena de dos años de prisión y otros cinco años de libertad vigilada, así como también la prohibición de aproximarse a la víctima y una inhabilitación de seis años para trabajos con contacto con menores.

El procesado se enfrentaba a una petición de 28 años de cárcel por parte de Fiscalía, que lo consideraba autor de dos delitos de agresión sexual a una menor de edad. También estaba acusado otro joven que, finalmente, ha sido absuelto de otros dos delitos de agresión sexual supuestamente cometidos contra la misma menor.

En su resolución, contra la que cabe recurso de apelación, el tribunal considera que existía consentimiento en las relaciones sexuales mantenidas por el condenado y la víctima, que presentaban un grado de desarrollo y madurez similiar. Además, la sala también entiende que la diferencia de edad no era “tan grande, al menos, tan distante de las que se establecen como referencia”.

En este sentido, la resolución recoge que a la menor “le faltaba solo un mes para cumplir 13 años” en el momento de los hechos y que el condenado había cumplido recientemente los 19 años cuando se produjeron unas relaciones sexuales en las que, según el tribunal, hubo consentimiento por parte de la víctima.

un acusado absuelto. Por su parte, la audiencia absuelve al otro acusado, que, según la propia denunciante, la había agredido sexualmente hasta en dos ocasiones, unas acusaciones que la sala no considera lo suficientemente probadas como para emitir una resolución condenatoria.

“No estamos diciendo que la víctima mienta, faltaría mucho para que pudiéramos afirmarlo, pero sí que sus declaraciones, interpretadas en conjunto, no tienen capacidad para ofrecer la seguridad necesaria como para que podamos asentar el pronunciamiento que en este sentido se propone y pretende”, ha explicado el tribunal.

Así pues, determina que existen contradicciones en su versión de los hechos y que en su relato “falta la coherencia interna” porque, según señala en la sentencia, la incriminación que realiza “carece de cualquier corroboración externa”.

28 dic 2022 / 01:00
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