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Prisión permanente revisable para cinco condenados en España

Solo 4 siguen en pie tras la reciente revocación del Supremo del caso de Tenerife // Dos crímenes fueron en Galicia: el parricidio en Moraña de David Oubel y el de Marcos Mirás en Oza-Cesuras // El nuevo Código Penal, de los más duros de Europa

    La prisión permanente revisable es la máxima pena de privación de libertad en España. Está en vigor desde 2015 apoyada solo con los votos del Partido Popular. Fue recurrida ante el Tribunal Constitucional en medio de un intenso debate ciudadano agitado por sucesos como las desapariciones y brutales muertes de Diana o el pequeño Gabriel. Precisamente Juan Carlos Quer, el padre de la joven madrileña asesinada en A Pobra por José Enrique Abuín, el Chicle, activó una campaña de recogida de firmas exigiendo a todos los partidos que no derogaran esta figura similar, pero con matices, a la cadena perpetua.

    Esta misma semana los abogados de Diana Quer presentaron su escrito de acusación reclamando que se le aplique la prisión permanente a el Chicle con el fundamento de que cometió agresión sexual, uno de los supuestos que se contempla para activarla.

    Desde su puesta en marcha, en julio de 2015, en España se han impuesto cinco condenas de este tipo -dos de ellas en Galicia-, aunque a día de hoy solo cuatro siguen en pie ya que el pasado mes de enero el Tribunal Supremo revocó una de ellas por cuestiones técnicas. Todas estas sentencias están relacionadas con la presencia de jurados populares y en casos de extrema gravedad sobre todo si las víctimas son menores o especialmente vulnerables.


    David Oubel, el parricida de Moraña El 31 de julio de 2015 toda España se conmocionó al conocer un doble asesinato. David Oubel, un padre divorciado, decidió no devolver a sus dos hijas a su madre tras pasar las vacaciones con él. Primero drogó a las pequeñas Candela y Amaia, de 9 y 4 años, y después las degolló con una sierra radial en su propia casa. En el juicio quedó probado que planificó el crimen al comprar dos días antes la herramienta. Además, llamó a su exmujer -a la que un día antes había enviado una carta avisando de la venganza- y a la Guardia Civil para decirles lo que iba a hacer. Este fue el primer caso al que se impuso esta condena en grado máximo.


    El asesino del carnicero de Icod En enero de 2016 se cometió el homicidio al que se impuso la segunda de estas condenas en España. En él el joven de 21 años Sergio Díaz mató en esta localidad de Tenerife al abuelo de su novia, un sexagenario discapacitado tras sufrir un ictus. Le propinó fuertes golpes y más de 30 puñaladas causándole la muerte. El fallo de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife consideró probada la alevosía, el ensañamiento y que la víctima era especialmente vulnerable.

    Sin embargo, el caso fue recurido y llegó al Supremo, que a finales del mes de enero revocó la prisión permanente revisable sustituyéndola por 24 años en prisión. La decisión se basa en el hecho de que se tuvo en cuenta la misma circunstancia -la fragilidad del fallecido- para aplicar dos agravantes, la alevosía y la especial del Código Penal para víctimas especialmente vulnerables por enfermedad o discapacidad. Fue la primera vez que el Alto Tribunal revisó una pena con este castigo.


    LA MUERTE de la bebé Alicia También en enero de 2016 se produjo otro asesinato que conmocionó a la opinión pública. Daniel Montaño, profesor de música, arrojó por la ventana de su casa en Votoria a la hija de su pareja sentimental. Alicia tenía 17 meses y murió al día siguiente. La madre explicó que también a ella la agredió e intentó tirarla pero al no conseguirlo cogió a la niña. Montaño declaró que en la pequeña vio "la semilla del mal". Es la tercera de estas penas impuestas en España.


    El parricida de Oza-cesuras Marcos Javier Mirás ejecutó a su hijo Javier, de solo 11 años, en un bosque de esta localidad coruñesa. Lo hizo el Día de la Madre de 2017, el 7 de mayo, con la intención de causar el mayor daño posible a su exmujer y madre del niño. Ese fin de semana le tocaba por el régimen de visitas estipuladas, pero lo llevó al monte en su coche y, tras engañarlo, lo golpeó hasta la muerte con una pala que llevaba para tal fin en el maletero. Después empezó a cavar un hoyo para enterrar a Javier pero al encontrar la tierra muy dura lo dejó tendido en el suelo y se fue a la habitación del hotel donde dormían. Cuando no llevó al niño al lugar donde su progenitora debía recogerlo saltaron las alarmas. Fue detenido al día siguiente.

    Mirás recurrió la sentencia, que ha llegado por ahora hasta el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). De hecho, la Sala de lo Civil y Penal acaba de confirmar a principios de febrero la condena de prisión permanente revisable por este asesinato. Los magistrados rechazaron, tal y como demandaba la defensa, que el condenado se encontrase bajo los efectos de un brote psicótico cuando golpeó a su hijo en la cabeza hasta la muerte. Tampoco tuvieron en cuenta la atenuante de reparación del daño que pedía la defensa ya que condujo a los agentes hasta el lugar donde abandonó el cuerpo de su hijo.


    el descuartizador de Pioz El quinto y último condenado en España es Patrick Nogueira. En agosto de 2016, este joven brasileño de 22 años asesinó a sus tíos y sus propios primos, de uno y cuatro años, en Prioz, Guadalajara, tal y como él mismo confesó. Fue sentenciado a cuatro penas de prisión permanente revisable por los asesinatos de los niños y de su padre, y a 25 años más por el de la mujer.

    El fallo recoge que fue al chalé de sus tíos con intención de matar, y que lo hizo con alevosía y ensañamiento. Además, mandó mensajes de móvil a un amigo jactándose de lo que había hecho, descuartizó los cadáveres de los adultos y los metió en bolsas de basura que él mismo había llevado al chalé. Los cuerpos fueron encontrados un mes después, tiempo que él utilizó para huir a Brasil, desde donde regresó semanas después para entregarse a las autoridades españolas y evitar los riesgos de las cárceles brasileñas.


    claves de esta pena El nuevo Código Penal, reformado en 2015, establece los supuestos para los que es válida esta condena. Son el asesinato de un menor de 16 años o una persona especialmente vulnerable por edad, enfermedad o discapacidad; asesinato tras un delito contra la libertad sexual; dos o más cometidos por el mismo condenado.

    Esta dirigida, por tanto, a delitos de extrema gravedad y siempre que acaben con la existencia de la víctima. No es para agresores sexuales que no la asesinen ni para reincidentes que no hayan cometido delitos contra la vida. La pena solo será revisada para optar a su suspensión tras haber cumplido los 25 años desde la condena y siempre que la persona esté ya en el tercer grado penitenciario. Una vez cumplida una parte mínima, un tribunal evaluará la circunstancias del preso. Su objetivo es evitar que los delincuentes más peligrosos que no demuestren su capacidad de reinserción vuelvan a la sociedad.

    El PNV presentó una proposición de ley para anular esta figura que contó con el apoyo de varios grupos. En el Congreso de los Diputados, en octubre de 2017, el Pleno apoyó esta iniciativa de los nacionalistas vascos mayoritamente. Además, la medida fue también recurrida por toda la oposición ya desde el principio ante el Constitucional, que aún no se ha pronunciado al respecto. El Tribunal Europeo de Estrasburgo la considera una pena ajustada al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.


    petición en change.org Asimismo, la plataforma Change.org tiene en marcha una iniciativa para recabar firmas en favor de la no revocación de esta sanción. La petición nació de Rocío Viéitez, la madre de Candela y Amaia, asesinadas por su padre, Davil Oubel, primer condenado en España.

    Tiempo después, cuando llevaba alrededor de medio millón de firmas, el padre de Diana Quer, con apoyo de familias de otros menores asesinados -de Marta del Castillo, Mari Luz Cortés, Candela y Amaia Oubel, Diana Quer, y Ruth y José Bretón-, comenzó la misma petición por lo que las firmas se sumaron. A 23 de febrero, según la plataforma, habían recogido 2.864.438 signaturas por la no derogación.

    En el caso de que no se anule, otros crímenes recientes, como el de Ana Julia Quezada, que mató al pequeño Gabriel Cruz; o Bernardo Montoya, si se confirma la agresión sexual a Laura Luelmo antes de asesinarla, podrían sumarse a la lista.

    02 mar 2019 / 23:05
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