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Galicia recibió desde el verano quince solicitudes de eutanasia, de las que solo resolvió cuatro

La Asociación Dereito a Morrer Dignamente cree que Sanidade obstaculiza el acceso al fallecimiento asistido médicamente

Desde la entrada en vigor del Decreto 101/2021, de 8 de julio, por el que se crea en Galicia la Comisión de Garantía y Evaluación de la Eutanasia, la comunidad ha recibido 15 solicitudes para someterse a la eutanasia. De ellas, se han resuelto hasta la fecha cuatro (únicamente el 27 %). Sin embargo, las restantes once están siguiendo, o han seguido, el procedimiento establecido.

Así lo indicaron a EL CORREO fuentes de la Consellería de Sanidade que, ante las protestas de sindicatos que aseguran que desde el departamento autonómico no se está realizando el esfuerzo suficiente para resolver las solicitudes pendientes, aseguraron que “en ningún caso Galicia está obstaculizando el derecho a la eutanasia”.

Tanto es así que incluso van un paso más allá, afirmando que la comunidad gallega “cuenta con todas las garantías” en este sentido para lograr una muerte digna y “es una de las autonomías españolas en las que mejor se está aplicando la normativa”.

DMD GALICIA RECRIMINA RETRASO AL ESTABLECER LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y CARENCIA DE FORMACIÓN PROFESIONAL. La pasada semana, la Asociación Dereito a Morrer Dignamente (DMD Galicia) volvió a reclamar a la Xunta que dispusiese de los medios necesarios par hacer efectivo el derecho a la prestación sanitaria de muerte asistida médicamente, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia.

“Tuvimos que denunciar debido al retraso en la creación de la Comisión de Garantía y Evaluación, a la carencia de iniciativas de la Consellería para la formación de profesionales y administradores sanitarios sobre el contenido de la ley y a los procedimientos a aplicar para hacerla efectiva, así como a la ausencia de actuaciones de sensibilización e información a la sociedad sobre el nuevo derecho y el Testamento Vital, e incluso sobre el impreso que en el Sergas se ofrecía a las personas para registrar su testamento”, aseguraron desde la asociación Dereito a Morrer Dignamente.

Todos estos comportamientos fueron calificados por la asociación como “entorpecedores” del ejercicio de un derecho fundamental. Y se posicionaron en contra de las últimas modificaciones del impreso para poder registrar el Testamento Vital, ya que, en el documento vigente, según afirman, “se suprimieron las referencias a las normas legales que lo sostienen, introduciendo la posibilidad de elección de la eutanasia, pero dando a entender que la muerte asistida médicamente podría proporcionarse a la persona contra su voluntad si esta no deja dicho explícitamente que no quiere la eutanasia”.

Sin embargo, desde DMD Galicia aseguran que la ley es “absolutamente clara al respecto”: “Las personas solo podrán acceder a la eutanasia previa solicitud realizada en plenas condiciones de capacidad, disponiendo de la información necesaria, y sin coacción alguna. Esa solicitud podrá hacerse anticipadamente mediante su constancia expresa en el Testamento Vital” (Capítulo II, arts. 4 y 5).

Por ello, desde la asociación recomiendan que se registre la solicitud de eutanasia en el Testamento Vital “por quien no queriendo continuar su vida en las condiciones de enfermedad o estado crónico e incurable causante de sufrimiento intolerable, quiera acceder a la muerte asistida médicamente”, pues sino “podría perder de forma irreversible su capacidad legal para adoptar esta decisión como consecuencia de enfermedad o accidente”.

Y es que para este grupo, “no tiene ningún sentido aparente” e “induce a la confusión y moviliza el temor a la muerte por acción médica” el proponerle a las personas que hagan constar explícitamente en el documento de registro del Testamento Vital que no quieren la prestación de eutanasia o que no se pronuncian al respecto, “tal y como se contiene en el documento reformado por la Consellería”.

URGEN FORMACIÓN PARA LA CIUDADANÍA. Para tratar de evitar este tipo de situaciones, confusiones y atrancos, desde la asociación “urgen” a la Xunta que se “forme a quien trabaja en el sistema sanitario en derechos de las personas y en la ley orgánica en cuestión, ya que su desconocimiento de la norma es palpable”. Además, piden que se dé más información a la sociedad sobre el Testamento Vital y el nuevo derecho/prestación a la muerte asistida médicamente, mejorando también la “accesibilidad” al registro de instrucciones previas.

importante
¿qué es el testamento vital?

··· El testamento vital es un documento con instrucciones previas o voluntades anticipadas sobre como una persona quiere ser tratada al final de su vida, en caso de que la misma no pueda expresarlo por sí misma. En él también se recogen cuestiones como el destino de sus órganos, tejidos y cuerpo una vez fallecida.

··· Para poder hacerlo se requiere que la persona sea mayor de edad (aunque en algunas comunidades también lo pueden hacer menores), capaz y que actúe libremente.

··· Este registro puede hacerse por tres métodos: el primero, ante notario; el segundo, ante tres testigos mayores de edad y con plena capacidad de obrar, de los cuáles dos, como mínimo, no podrán tener relación de parentesco hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad ni estar vinculados por relación patrimonial con la persona otorgante; y el tercero, ante un funcionario (solo disponible desde el 19 de enero de 2015) del registro gallego de instrucciones previas o de las unidades habilitadas para ello.

··· Para dar a conocer esta herramienta, la asociación Derecho a Morir Dignamente realiza talleres informativos por toda España y, en la actualidad, la Fundación Edad y Vida también han puesto en marcha campañas como ‘Ordena y protege tu futuro’ para informar.

24 abr 2022 / 23:59
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