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Multado con 2.500 euros el joven que condujo el coche en que murieron tres amigos

por el exceso de velocidad

Vigo. Autor de un delito leve de homicidio por imprudencia menos grave, con la imposición de una multa de 2.500 euros y la prohibición de conducir coches o ciclomotores durante 15 meses. Es el fallo dictado por el juzgado de instrucción número cinco de Vigo contra el joven redondelano que el 29 de mayo de 2019 conducía el coche con el que se estrelló contra un pilar de la autopista AP-9 en Vigo, que provocó la muerte de los tres amigos que viajaban en la parte posterior del vehículo y heridas en el copiloto.

La condena se corresponde con el juicio, por delito leve de homicidio por imprudencia menos grave, celebrado el pasado 23 de septiembre ante la denuncia presentada por los padres de una de las jóvenes fallecidas, de 17 años de edad.

La magistrada señala que el condenado circulaba a una velocidad de 138 kilómetros por hora en una zona limitada a 100, y que al intentar incorporarse al carril derecho después de adelantar a otro vehículo, realizó una maniobra “con una trayectoria brusca” que le hizo perder el control del automóvil, “entrando en fase de fricción lateral y saliéndose de la vía por el margen izquierdo”, chocando con unas biondas metálicas que cedieron permitiendo que colisionara contra un bordillo que iniciara una rotación –tonel y campana– hasta impactar con el pilar de la carretera elevada de la autopista. El coche acabó volcado sobre el techo por la fuerza del choque.

Se comprobó que el joven no había consumido alcohol, ni drogas, ni se encontraba utilizando el móvil en el momento del siniestro, según recalca la sentencia.

La jueza incide en que está acreditado que la causa del accidente fue una “maniobra evasiva errónea” por haber perdido el control del coche como consecuencia tanto del exceso de velocidad como de su inexperiencia y falta de pericia, ya que obtuvo el carné el 11 de abril de 2019. Determina que la condena se ciñe a la fallecida cuya familia denunció, ya que el resto de los familiares afectados por la muerte de sus hijos no ha acudido a la Justicia.

La presidenta de la sala rechaza el argumento de la defensa del conductor en torno a que cedieran las biondas metálicas de protección lateral de la autopista, indicando que “la conducta imprudente, penalmente relevante”, ya se había producido antes de la colisión y que sin ésta no hubiera tenido lugar el siniestro con el resultado de tres personas muertas.

En el acto de juicio el representante del ministerio fiscal solicitó la condena del joven, como autor de tres delitos por imprudencia menos grave y un delito de lesiones por imprudencia menos grave, a la pena de 18 meses de multa a razón de 5 euros por día, más de 2.700 euros, así como la prohibición de conducir durante año y medio. maite gimeno

09 oct 2020 / 00:00
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