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Nuevo decreto de horarios, turnos y vacaciones de las farmacias gallegas

Tras ser publicado en el DOG, su entrada en vigor será el próximo día 9 de febrero

Santiago. El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó el nuevo decreto de horarios, turnos de guardia y vacaciones de las oficinas de farmacia en Galicia, el cual entrará en vigor el próximo 9 de febrero.

En lo que se refiere a los horarios, se establece una jornada mínima de atención al público de 38,5 horas semanales, con jornadas diarias de un mínimo de 7 horas de lunes a viernes. Los sábados, de modo general, el horario mínimo obligatorio será de tres horas y media. Las oficinas de farmacia también podrán optar por abrir más allá de estos horarios mínimos, ampliando su atención hasta las 13 horas y media al día (de 8,30 a 22,30 horas) o con un horario continuado de 24 horas todos los días del año.

Con respecto al personal, se fija la obligación de al menos un farmacéutico titular en locales con apertura al público de hasta 52,5 horas; las farmacias con apertura entre 52,5 y 92,5 horas deberán contar también con al menos un adjunto, y si la jornada es de 92,5 a 132,5 horas, deberán ser dos adjuntos. Las farmacias con más horas de apertura deberán disponer de al menos tres adjuntos.

Por otro lado, los turnos de guardia, que son organizados por los Colegios Oficiales de cada provincia, deberán contar con la presencia física de al menos un profesional y solo excepcionalmente podrán realizarse turnos de guardia localizada.

También, como ya había adelantado la propia Xunta, el nuevo decreto incluye, para regular los turnos de guardia, el concepto de “áreas de referencia” de los PAC (Puntos de Atención continuada).

De este modo, se establece que al menos una farmacia debe prestar servicio de guardia para garantizar el acceso a las personas usuarias que coincidan geográficamente con el emplazamiento de los PAC. En todo caso, las farmacias del turno de guardia de cada área de referencia deben estar emplazadas a menos de 15 kilómetros o menos de 15 minutos de ese centro sanitario.

Finalmente, el mencionado decreto también regula las condiciones de las vacaciones y cierres temporales, así como la cobertura que debe garantizarse a la población en estos casos en cada zona. ecg / ep

21 ene 2023 / 01:00
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