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Primer juicio de la Carioca, que puede no celebrarse si pactan los acusados

Se trata de una causa por inducción al aborto en 2009 contra el propietario de un club de alterne de Lugo y un ginecólogo

La primera causa de la operación Carioca, instruida desde diciembre de 2008 por la controvertida jueza Pilar de Lara, debe celebrarse los próximos jueves y viernes en la Audiencia de Lugo. Se trata de un juicio por inducción al aborto contra el propietario de un club de alterne de Lugo, J.M.G.A, como inductor, y el ginecólogo C.J. A.M., quien lo practicó, así como a R.L.L.T, quien mantuvo relaciones sexuales con A.L.P.C., la chica que no quiso abortar. Todo indica, no obstante, que sus abogados llegaron al acuerdo con la acusación particular y la Fiscalía para rebajar las penas. Será el tribunal provincial el que verifique o no el pacto.

En el auto de acusación de apertura del juicio oral, el Ministerio Público solicita para los tres acusados cuatro años y medio de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo e inhabilitación especial para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos públicos o privados durante cuatro años. Así como indemnizar a A.L.P.C. de 6.000 euros por daño moral, cantidad que sería para su madre, al fallecer aquella de enfermedad hace un año.

Sin embargo, fuentes conocedoras de la negociación apuntan que el acuerdo se cerró en una pena de un año de cárcel (que ya cumplieron en su estancia entre 2009 y 2010) y abonar 4.500 euros.

La Fiscalía manifiesta que las presiones ejercidas por J.M., conocidas por el otro acusado R.L., a la situación personal de A.L. y el conocimiento que ésta tenía de anteriores comportamientos violentos de J.M., motivaron que la chica –que tenía 18 años de edad, carecía de familiares en España y de cualquier otro medio de subsistencia diferente a su actividad en el club–, temiendo que pudiera ocurrirle algo a ella misma o a su familia, acudiera a una cita con J.M. el 6 de abril de 2009. Reunidos, caminaron hasta el inmueble donde C.J. tenía una consulta que funcionaba como clínica ginecológica, aunque ésta carecía de los permisos reglamentariamente exigidos para ello.

Sobre las 20.00 horas de ese mismo día C.J., teniendo como muy probable que A.L. no habría consentido libremente el aborto, sino presionada por J.M., era conocedor de que carecía de los medios sanitarios adecuados, sin contar con personal de auxilio o enfermería de ningún tipo.

Sostiene el Ministerio público que C.J. sin recabar el consentimiento expreso y por escrito de la mujer gestante, contraviniendo así de forma flagrante lo dispuesto en la Ley 41/2002 puso fin al embarazo por el método de la aspiración endouterina, destruyendo el producto de la concepción sin usar anestésico alguno, aunque precisa que no consta que se pusiera en peligro la vida de la gestante.

Hay que recordar, por último, que la operación Carioca es una de las macrocausas –junto a la Pokemón– que investigó la juez Pilar de Lara, titular del Juzgado de Instrucción nº1 de Lugo y que llegó a acumular unos 275 tomos y más de 200.000 folios en el sumario. Por ello fue dividida en 50 piezas.

Las pesquisas de la juez buscaron una relación entre las Fuerzas de Seguridad del Estado y las redes de prostitución en la ciudad de las Murallas y su entorno. Pero, los retrasos propiciaron la prescripción de delitos, y a veces la ausencia de pruebas conllevaron al sobreseimiento en alguna de las 50 piezas en la que fue dividida la causa.

11 oct 2020 / 01:00
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