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Rechazan que los capellanes de hospitales sea personal del Sergas

Ourense. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG )rechazó que los capellanes que prestan sus servicios en los hospitales gallegos sean considerados personal laboral del Sergas, descartando por tanto que tengan naturaleza laboral, como demandaban cuatro capellanes que prestan sus servicios en el Complexo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO).

En la resolución facilitada por fuentes del TSXG, los magistrados destacan que la actividad pastoral que realizan los sacerdotes es “ajena totalmente al Sergas”. Consideran que esa actividad “ni coincide con la propia del Sergas -la aconfesionalidad del Estado así lo impide- ni el Sergas puede impartir órdenes y directrices en su ejecución, algo que solo cumple el obispo, que es, además, el que designa y cesa a los capellanes”.

En este sentido, el Alto tribunal argumenta que “sin duda” las prestaciones que derivan de la asistencia religiosa son “ajenas a la competencia del Estado y, por ello, su fijación corresponde de forma exclusiva a las autoridades eclesiásticas, pues, en otro caso, se estaría infringiendo el principio de laicidad del Estado”. r.m.a.

10 jun 2021 / 01:00
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