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Se pasea desnudo ante sus hijastras y lo absuelven de exhibicionismo y agresión

PONTEVEDRA. Salió cruz y el TSXG dictó una resolución en la que estima el recurso presentado por un hombre condenado por un delito de exhibicionismo y provocación sexual, y lo absuelve de ese delito, al considerar que no se ha probado el contexto sexual o el ánimo libidinoso del procesado.

La Audiencia Provincial de Pontevedra lo condenó a un año de cárcel por pasearse desnudo de cintura para abajo delante de las hijas de su pareja, con quienes convivía. En su sentencia, el alto tribunal gallego entiende que no se ha probado ese ánimo libidinoso y que las propias hijastras del hombre, “que teóricamente serían las víctimas de semejante actitud, niegan haberse sentido inquietadas por ello”.

Al respecto, indica que el Código Penal “no sanciona la simple muestra de la propia desnudez, sino el acto de exhibición obscena”,r.m.a.

30 sep 2022 / 20:58
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