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Tres rebajas de pena a condenados por delitos sexuales

justicia. Dos secciones de la Audiencia Provincial de Pontevedra y la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña han emitido tres autos en los que acuerdan rebajar las penas, en el marco de la ejecución de las sentencias, a tres condenados por delitos sexuales, los cuales solicitaron la revisión como consecuencia de la entrada en vigor de la conocida como la ‘ley del solo sí es sí’.

Así, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha informado de que la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha rebajado en un año , de ocho a siete, la pena de prisión impuesta en julio de 2011 a un condenado por violar a su esposa en 2008.

El tribunal explica en el auto que tanto la Constitución como el Código Penal “autorizan la revisión de penas de una manera general cuando la nueva ley es más beneficiosa para el reo ”.

Del mismo modo, la sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra también ha rebajado la condena impuesta a un autor de un delito de agresión sexual. En este caso, de seis a cuatro años de cárcel.

En el auto, difundido por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), los magistrados indican en la resolución que el Código Penal aplicado en la sentencia “contemplaba la pena para el delito de agresión sexual de 6 años a 12 años, imponiéndose al condenado la pena mínima prevista en el tipo penal”.

Con la entrada en vigor de la ‘ley del solo sí es sí, según indica la Audiencia, la pena mínima con la que el legislador castiga el delito “no es de 6 años, sino que ha pasado a ser de 4 años, razón por la que resulta más favorable para el reo”.

En esta misma línea, la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, también ha acordado revisar la condena de seis años de prisión impuesta a un condenado por un delito de agresión sexual y, en su lugar, imponerle cuatro años de cárcel.

Los magistrados explican que estiman la solicitud de revisión del condenado porque aseguran que “es evidente que la nueva norma resulta más favorable para el reo en el presente caso” ecg / ep

17 dic 2022 / 01:00
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