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El Gobierno tendrá muy difícil llevar a la práctica el cobro del IBI a la Iglesia

Para ello habría que modificar una ley que también libera de su abono a los partidos políticos, sindicatos, universidades y oenegés // La Santa Sede ya paga por bienes destinados a negocios

Pedro Sánchez y su equipo de Gobierno han vuelto a reabrir el debate sobre la exención del pago del IBI del que disfruta la Iglesia Católica en algunas de sus propiedades. Señalaba este miércoles la vicepresidenta del Ejecutivo central, Carmen Calvo, que está en "disposición" de abordar la revisión de su régimen fiscal, igual que se ha hecho en Italia o Francia. Pero por todos es sabido que estudiar y ejecutar estas modificaciones no será tarea fácil. En primer lugar porque existe el famoso Concordato, el acuerdo entre la Iglesia y el Estado firmado en 1977 en el que, entre otros aspectos, se contempla esta exención. Por otro lado, la institución religiosa también está amparada por la Ley del Mecenazgo, aprobada en su momento en el Congreso con amplio respaldo de la mayoría.

Ante las declaraciones de la número dos del Gobierno, el Arzobispado de Santiago prefiere ser prudente y se remite al posicionamiento de la Conferencia Episcopal Española, que de momento no se ha manifestado al respecto. No obstante, cabe destacar que, de querer meter el diente a la Iglesia, el Ejecutivo de Sánchez, que manifiesta tener una relación "excelente" con la Santa Sede, lo va a tener difícil. Sobre todo, porque tendrá que marcar un criterio, negociado con el Estado Vaticano, a la hora de determinar los bienes que no entrarían en la exención y también cambiar la ley.

La de Mecenazgo regula el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales a los patrocinios; y en ella se recoge la exención del IBI, y de casi todos los impuestos para la Iglesia.

Pero es que la medida no afecta solo a la Iglesia católica, sino a todas las entidades sin fines lucrativos. Es decir, que también están exentos los edificios públicos dedicados a seguridad ciudadana, servicios educativos y penitenciarios, o la defensa nacional. O lo que es lo mismo, comisarías, colegios, facultades, cárceles o cuarteles. Tampoco lo abonan la Cruz Roja, las sedes diplomáticas de otros países, o las estaciones de ferrocarril.

En este apartado cabe destacar que la ley libera del IBI los edificios catalogados como patrimonio histórico o inmuebles antiguos en el centro de la ciudad. Es decir que, por ejemplo, la Catedral de Santiago estaría doblemente exenta, como edificio de culto y como Bien de Interés Cultural.

Pero es que además la Iglesia sí paga el IBI por los inmuebles que no están dedicados al culto, como son los locales comerciales que regenta por sí misma, o los que alquila a terceros para que los exploten, caso de tiendas o los establecimientos de venta de dulces.

Por otro lado, esta ley no afecta en exclusiva a la Iglesia católica, sino que también se aplica a las otras confesiones, como es el caso de las Iglesias Evangélicas, la comunidad judía y la Islámica, que también se benefician de estas exenciones. Y además de las confesiones religiosas, la misma normativa se aplica a todas las fundaciones, a todas las asociaciones de utilidad pública, a todas las organizaciones no gubernamentales, e incluso a las diferentes federaciones deportivas. Y también a las organizaciones sindicales, e incluso a los propios partidos políticos, que no tributan por sus sedes. Asimismo ampara negocios privados situados en edificios históricos, como es el caso de hoteles tan emblemáticos como el Palace o el Ritz, en la capital del Reino.

En cuanto a lo que supondría el pago de este impuesto para las arcas de la Iglesia, el monto tampoco sería muy elevado, ya que, según las últimas estimaciones que se manejan, representaría unos cinco millones de euros por el conjunto de todas sus propiedades en España.

Además, hay que recordar que desde 2007 la Iglesia renunció a la exención del pago del IVA en la entrega de bienes inmuebles, por lo que tributa igual que cualquier otra entidad. Por otra parte, la Ley solo afecta a los lugares de culto y centros educativos (la Universidade de Santiago tampoco paga por las facultades), pero obliga a pagar por aquellos en los que realiza una explotación económica, caso de las residencias, comercios, o incluso las viviendas de los sacerdotes.

Por último, cabe destacar que hay una sentencia del Tribunal Supremo del año 2014 que aboga por la exención total del pago del IBI por todos sus inmuebles, salvo los afectos a explotaciones económicas.

En detrimento de otras acciones, como Cáritas

••• Carmen Calvo llegó a asegurar este miércoles que la Iglesia católica "está conforme" con la propuesta de revisión de la lista de bienes inmatriculados recientemente por la institución, es decir, aquellas fincas que inscribió a su nombre en el registro de la propiedad, y también aludió a la buena relación que existe entre ambas partes.

••• En referencia a la exención del IBI, cabe recordar que la Iglesia siempre indicó que pagaría de este impuesto "si así lo establece la ley". No obstante, tal y como recordaba el cardenal Rouco Varela cuando era presidente de la CEE, esta medida iría en detrimento de otras acciones, como la que realiza Cáritas.

13 feb 2020 / 22:39
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