Santiago
+15° C
Actualizado
sábado, 10 febrero 2024
18:07
h
TRIBUNA LIBRE

Las novedades de la Ley de Farmacia gallega

    EL pasado día 25 de junio el Parlamento de Galicia apro-bó la nueva Ley de Ordenación Farmacéutica que deroga la Ley de 1999. El objeto de esta nueva norma es la regulación de la atención farmacéutica en Galicia, entendida como un servicio de interés público que comprende un conjunto de actuaciones que deben prestarse en todos los niveles de nuestro sistema sanitario, dirigidas a garantizar a los ciudadanos el acceso, rápido, eficaz, oportuno, equitativo y racional a los medicamentos y productos sanitarios que precise.

    Una de las modificaciones de mayor transcendencia
    es la supresión de la caducidad de las autorizaciones administrativas por cumplir
    la edad de setenta años el titular de la farmacia, en
    el caso de que el farmacéu-
    tico opte, después de cum-
    plir la citada edad, por continuar ejerciendo su profesión tendrá la obligación de nombrar uno o varios farmacéuticos adjuntos.

    A pesar de la prohibición establecida en la Ley de vender productos farmacéuticos fuera de la propia farmacia, la nueva Ley permite excepcionalmente la entrega domiciliaria de los medicamentos y productos sanitarios cuando se trate de usuarios residentes en zonas rurales aisladas o dependientes con necesidades asistenciales y enfermos crónicos. Esta dispensación podrá ser realizada por una de las cinco farmacias más próximas al domicilio del paciente.

    Otra novedad radica en la autorización de la apertura
    de un botiquín en aquellos lugares donde no pueda instalarse una oficina farmacéutica por no concurrir los requisitos exigidos legalmente, así como cuando se den circunstancias de alejamiento o difícil comunicación con las farmacias más próximas, altas concentraciones de población temporales, o concurran situaciones de emergencia que lo hagan aconsejable. El botiquín estará vinculado a la oficina de farmacia más próxima y estará a cargo de un licenciado en farmacia.

    La Ley establece unos procedimientos de adjudicación de nuevas oficinas más ágiles y rápidos, introduciéndose como novedad la convocatoria de un concurso previo de traslados para los farmacéuticos titulares de oficinas de Galicia. Con posterioridad se convocará otro concurso para la provisión de las oficinas vacantes en el anterior concurso junto con las oficinas de nueva creación. Las farmacias obtenidas por concurso público no podrán transmitirse hasta que no hayan transcurrido quince años desde la adjudicación. En la derogada ley de 1999 sólo eran necesarios tres años.

    A pesar de que la Constitución (art. 149) dispone como competencia exclusiva del Estado el establecimiento de las bases y la coordinación general de la Sanidad, así como la legislación de productos farmacéuticos, la derogada legislación de farmacias, junto con otras leyes como la de Extremadura o Castilla-La Mancha, se desviaron profundamente de esta regulación al establecer la prohibición de cualquier forma de transmisión de la autorización administrativa para apertura de oficinas de farmacia, así como otros supuestos de caducidad por fallecimiento o jubilación del farmacéutico (a los 70 años).

    El Gobierno central interpuso, en su momento, el oportuno recurso de inconstitucionalidad contra estas leyes. El Tribunal adoptó una solución salomónica que no satisfizo a ninguna de las partes, estableciendo, como no podía ser de otro modo, la inconstitucionalidad de la prohibición de la transmisión intervivos de la nueva concesión (STC de 17 julio de 2003). Esta facultad no podía ser vulnerada, a nuestro juicio, incluso cuando los mismos concesionarios gozan esta facultad. Pero se quedó a mi-
    tad del camino al no considerar inconstitucionales las causas de caducidad propias de una concesión y no de una propiedad privada.

    En su momento nosotros criticamos esta sentencia en diversos medios de comunicación, tales como el diario Expansión, por lo cual expresamos nuestra satisfacción por la reforma operada con esta nueva Ley de Ordenación Farmacéutica de Galicia.

    Registrador de la propiedad jubilado

    11 jul 2019 / 21:40
    • Ver comentarios
    Noticia marcada para leer más tarde en Tu Correo Gallego
    Tema marcado como favorito