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Patrimonio estudia las medidas para reparar el pazo de Arretén

Una sentencia obliga al promotor a reponer la legalidad invirtiendo un mínimo de 38.950 € y lo condena a un año de prisión por un delito de daños en un bien histórico ·· Dirección Xeral y sancionado trabajan en el proyecto de recuperación

Nueve años después de que se iniciasen las obras de rehabilitación en el pazo de Arretén (Arretén-Padrón) para convertir este espacio noble en un hotel con encanto sin proyecto de ejecución, ni permiso municipal ni informe favorable de Patrimonio, y tras varias órdenes de paralización omitidas por el promotor de la obra y una sentencia firme del TSXG ordenando la paralización de los trabajos, el juzgado nº 2 de lo Penal de Santiago acaba de emitir un fallo firme y ejemplar en cuanto a protección de bienes patrimoniales. Así lo recoge en exclusiva un extenso artículo publicado ayer en el semanario gratuito Tierras de Santiago, del Grupo Correo Gallego.

Dicha sentencia, la primera de estas características que se ha dado a conocer en este sentido en Galicia, considera culpable de un delito de daños en el patrimonio histórico al promotor de la obra y lo condena a un año de prisión, con multa de 12 euros diarios durante un año y a reponer la legalidad vigente conforme a los dictámenes de la Dirección Xeral de Patrimonio, destinando a este fin una cuantía mínima de 38.950 euros.

Las obras en dicho pazo, según recoge el fallo del Juzgado de lo Penal, comenzaron a edificarse en 1999, siguiendo los trabajos hasta 2003. La sentencia mantiene que el promotor, Manuel Vidal Ferreiros, inició la obra sin ningún permiso, "siendo sabedor de la importancia de la obtención de los mismos para llevar a cabo cualquier obra en el pazo". El edificio, que comenzó a levantarse en el S. XVI, y que perteneció a la familia Castro -emparentada con Rosalía-, se encuentra catalogado como bien con valor histórico o cultural en el PXOM y recogido en el inventario general de Patrimonio Cultural de Galicia, con grado de protección integral.

El fallo, contra el que no cabe recurso y cuya pena fue aceptada por el infractor, enumera también todos los elementos que desvirtuaron el edificio y que deberán ser derribados para restituir el bien a su estado primitivo (en la medida de lo posible). En este sentido, fuentes de la Consellería de Cultura manifestaron ayer que técnicos de la Dirección Xeral de Patrimonio estaban estudiando, conjuntamente con el promotor de la obra, "las medidas para reparar los daños y recuperar el inmueble", indican, añadiendo que "se está trabajando en esta línea, pero no se han establecido plazos. Se están viendo las actuaciones y las características de la obra. Hay buena fe por parte del promotor".

Dichas fuente mantienen que quién tiene que garantizar el cumplimiento de la sentencia judicial "es el propio juzgado. Pero en cualquier caso, la Consellería es conocedora del fallo y se está actuando en ese sentido".

Cuatro órdenes incumplidas

Sobre el pazo de Arretén pesan desde 2002 cuatro órdenes de paralización (a las que el promotor hizo caso omiso), una multa de 48.000 € y una sentencia del TSXG de 2004 ordenando poner fin a los trabajos, cuando estos ya estaban terminados. El propio gobierno -regido entonces por el PP- reconocía que las obras no tenían licencia; pero el Ejecutivo no hizo nada para evitar el daño (salvo emitir los decretos) alegando que era una propiedad privada. Las denuncias fueron cursadas por los grupos que hoy están en el gobierno (PSOE y Cipa).

En 2005, la Fiscalía de Patrimonio presenta una querella criminal contra el autor de las obras para depurar responsabilidades; unas responsabilidades parciales, ya que atañen sólo al promotor y no a la administración local encargada de velar por esos bienes.

VACÍO LEGAL

Penalizar la pasividad municipal

Anteriormente a la actuación promovida por Vidal, el pazo ya había sufrido una embestida. En la década de los 80, el inmueble recibía una subvención para su rehabilitación, con la premisa fundamental de salvaguardar la estructura del pazo y que se abriese al público. No se cumplieron. La pasividad del Concello entonces fue patente.

En las conclusiones de la memoria de fiscalía del TSXG de 2006, ésta recoge la práctica de ciertos ayuntamientos, en este sentido, "que son totalmente censurables" y que deberían ser objeto de penas. Así matiza que en algunos concellos se adopta la práctica del "dejar hacer, sin conceder ni denegar licencia, permitiendo al particular destruir un yacimiento, derribar un edificio o edificar en suelo protegido". En otros se deniega la licencia "pero no se vigila su contravención, otorgando cobertura legal para que se destruya o altere gravemente un bien protegido".

Precisamente por eso considera que se debería establecer una figura de daños que "permita establecer la imputación por omisión a las autoridades o funcionarios encargados de velar por un bien valioso" .

26 feb 2008 / 22:08
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