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Opinión | Políticas de Babel

Profesor universitario

A vueltas con el ‘burka’

De nuevo se ha generado una gran polémica con el uso del ‘burka’ y el ‘niqab’ en nuestras calles. Digo nuevamente porque es éste un debate que viene de lejos. De hecho, hace ya dieciséis años la discusión se extendió por toda Europa. Aquí mismo publicamos un artículo en el que dábamos cuenta de una discusión que no era fácil de dirimir. “El ‘burka’ de la discordia”, lo titulamos (ECG, 19/08/2010). Curiosamente, sólo un año más tarde, dos países de la UE serían pioneros en cuestionar su uso: Francia y Bélgica. En 2011, ambos Gobiernos prohibieron el “velo integral” en espacios públicos, estableciendo sanciones por vestirlo, y también penalizando a quienes obligasen a las mujeres a portarlo.

Esto generó un gran debate incluso jurídico, que llegó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). El alto Tribunal avaló su prohibición, poniendo el énfasis, eso sí, no tanto en una cuestión de seguridad, cuanto en el interés de la “convivencia social”. Es decir, argumentó que un país podía restringirlo, aun siendo considerado un elemento asociado a una manifestación religiosa, por razones de “cohesión social”. Desde entonces, varias naciones europeas (Austria, Dinamarca, Países Bajos, Suiza, Bulgaria, Noruega, Luxemburgo, etc.) se han sumado al debate jurídico, limitando con matices su presencia en espacios públicos.

Ahora parece ser el turno de España; y de nuevo la sociedad se debate entre considerar el ‘burka’ (prenda que cubre todo el cuerpo, incluso ocultando los ojos tras una rejilla o malla) y el ‘niqab’ (que sólo deja los ojos de las mujeres al descubierto) como símbolos de tolerancia y libertad, o como metáforas de represión y sometimiento. Cuestiones como la discriminación derivada de su prohibición, o la vulneración de la libertad religiosa y personal, chocan con visiones que consideran su presencia en las calles como ejemplos de una opresión sobre la mujer que atenta contra la dignidad humana e incluso incide negativamente en el ámbito de la seguridad y la estigmatización social. Otra cosa es el uso del ‘chador’ (manto semejante al ‘niqab’, pero que deja a la vista todo el rostro de la mujer, y es habitual en Irán), o del ‘hiyab’ (pañuelo de uso extendido en el mundo musulmán que cubre cabello y cuello); prendas que, lógicamente, no generan tanta polémica.

El uso del ‘burka’ y el ‘niqab’ es anecdótico en España. Especialmente el primero, más habitual en Afganistán y su frontera con Pakistán. El segundo se podría asociar a apenas unas doscientas familias asentadas en nuestro país, además de a turistas de la Península Arábiga y el Golfo Pérsico. Hoy se consideran símbolos de subordinación, control o negación de la identidad femenina, pese a que antaño eran prendas asociadas a esa modestia y comedimiento de la mujer a la hora de vestir o mostrar su belleza que indica la ‘Sura’ 33 del Corán. Curiosamente, también nuestros Textos Sagrados recomiendan, en el ámbito del cristianismo, el recato en el vestir (Pedro, Timoteo, Isaías, etc.). Pero, más allá de que algunas lo vean como pureza, modestia o humildad (como cuando nuestras abuelas acudían con mantillas, tocas o velos a los oficios religiosos), lo cierto es que hoy día debemos favorecer todo aquello que apunte a la verdadera libertad, sin que ello suponga discriminación hacia ninguna religión (artículos 17 y 16.1 de la CE). De ahí que tanto Vox, como Junts, el PP, e incluso el PSOE, en vez de presentar proposiciones particulares de leyes orgánicas, deberían buscar un consenso político capaz de aglutinar voluntades en las Cortes, y alejado de implicaciones religiosas o inmigratorias.

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