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A vueltas con el idioma

    UNA vez más estamos ante la polémica sobre el idioma castellano y las demás lenguas oficiales del Estado. A propósito de la nueva ley educativa cuya tramitación acaba de aprobar la semana pasada el Congreso de los Diputados, el Partido Popular ya adelanta su intención de recurrir al Tribunal Constitucional. Sin embargo, esta ley tal y como está redactada, habrá que afinar muy bien como se plantee ese hipotético recurso o los recursos de inconstitucionalidad, y por qué.

    Porque ciertamente, en algunos aspectos, como en el idioma no existe en modo alguno una supresión del castellano o español como lengua obligatoria para formar a todos los alumnos del Estado. En efecto, el texto de la Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Educación señala que las administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y las alumnas a recibir enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con la Constitución, los estatutos de autonomía y la normativa aplicable.

    Por consiguiente, solo se puede impugnar lo que dice la ley. La vulneración de la enseñanza del español en las escuelas, de ocurrir, no se puede verificar hasta que empiece a aplicarse la ley. Políticamente puede parecerles a muchos cual es la intencionalidad de esa ley, pero jurídicamente el Tribunal Constitucional tendrá que pronunciarse sobre lo que la ley contiene y no sobre lo que se intuye. En definitiva, según los casos el Tribunal dirá: “Bueno esto no es inconstitucional, a ver que aplicación se hace”.

    24 nov 2020 / 00:00
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