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Cuestionada independencia judicial

    SI alguna duda razonable quedaba sobre los motivos que llevaron a la mitad de jueces, muchos de ellos integrados en tres de las cuatro asociaciones que les agrupan –Asociación Profesional de la Magistratura, Asociación Judicial Francisco de Vitoria y Foro Judicial Independiente– a denunciar en Europa la preocupante situación de la Justicia española frente a las intromisiones de la política, la aún fresca de tinta resolución del Tribunal Constitucional negando la posibilidad de que Toni Cantó y Agustín Conde figuren en las listas del Partido Popular a las elecciones autonómicas de Madrid es un nuevo y significado argumento que avala la necesidad de recomponer el mundo de la Judicatura en este país.

    Que el recurso del Partido Popular distaba de ser la torticera marrullería que los líderes del PSOE se apresuraron a manifestar, acusándoles de deslealtad y enmarañar las elecciones, lo demuestra el hecho de que tuvo que ser el voto de calidad del presidente el que dirimiera el fallo final contrario a la reclamación de los populares.

    Que dicho fallo priorice el articulado de una ley autonómica por encima de un más amplio concepto democrático sitúa al más alto tribunal español en una conocida senda de preocupación. Una vez más le pudo la burocracia, el reglamentarismo a la defensa de un derecho fundamental en actitud muy en consonancia con el calificativo que los ingleses atribuyen a los funcionarios incapaces de ver más allá de la literalidad de la norma, a los que conceptúan de imbéciles. Habrá que ver si esa misma defensa de la literalidad de la ley mueve al TC a dictaminar sobre la ilegalidad de las fórmulas de juramento empleadas para el acceso a sus cargos de diputados nacionales y autonómicos.

    Pero se señalaba al inicio que el fallo sobre el recurso de amparo del PP es una evidente demostración de la cuestionada independencia judicial que han denunciado en Europa los dos mil quinientos magistrados. Ocurre así porque el fallo ha respondido milimétricamente, con excepción del presidente, a una práctica harto repetida –tanto aquí como en el Supremo– en la que las tomas de posición coinciden entre los jueces designados por una misma formación política.

    En este caso, los dos magistrados propuestos por el PSOE, Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer, con el imprescindible apoyo del voto de calidad del presidente González Rivas, frente a los tres votos de los magistrados propuestos en su día por el PP. ¿Mera coincidencia? Hay abundante casuística preexistente que impide atribuir el fallo a la casualidad o al azar.

    Por más odiosas que resulten las comparaciones, no son pocos los ciudadanos que no salen de su asombro al comprobar que el prófugo Puigdemont o el condenado Junqueras sí pudieron ser candidatos en las elecciones europeas o la imputada por el Supremo Laura Borràs serlo en las catalanas, y no así ciudadanos como Cantó o Conde porque un artículo de una ley autonómica –en clara oposición a lo que ocurre en el Congreso con los diputados cuneros, aquellos que se presentan por otra provincia distinta de la que habitan– prevalece sobre el derecho fundamental a ser elegido.

    El escrito de los jueces alerta sobre las interferencias del Gobierno en la Judicatura. Sería bueno comprobar si la fatídica metástasis no ha calado ya de lleno en el seno de la propia Magistratura, como cabe deducir de la actitud del TC.

    17 abr 2021 / 01:00
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