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¿Cómo nos va a cambiar la vida durante la fase 2?

Más de la mitad de los españoles se beneficia de los alivios de la nueva etapa // Se permiten visitas a residencias o ir a la playa

Muchas comunidades pasan hoy a la Fase 2 del plan de desescalada en España. Dan así un nuevo paso hacia la llamada “nueva normalidad” con más apertura en las medidas de confinamiento.

Las actividades permitidas se incrementan tras la publicación de una orden este sábado que modifica las condiciones previas aprobadas inicialmente el 16 de mayo. Así se refuerza la movilidad a los ciudadanos y se reducen las restricciones en la reapertura de numerosas instalaciones y servicios, aunque se mantienen algunas restricciones.

población afectada. Hoy estará en fase 1 el 47 % de la población: tras el avance de La Gomera, El Hierro, La Graciosa y Formentera, se estrenan el resto de Canarias y Baleares, Galicia, Asturias, Cantabria, el País Vasco, La Rioja, Navarra, Aragón, Extremadura, Guadalajara Cuenca, Murcia (menos el municipio de Totana), Almería, Jaén, Córdoba, Sevilla, Cádiz, Huelva, las zonas sanitarias de Camp de Tarragona, Terres de l’Ebre y Alt Pirineu en Cataluña, Ceuta y Melilla.

COMERCIO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Se procede con la apertura de locales con independencia de su superficie, con los requisitos siguientes: 40 % del aforo total en los locales comerciales, en cada una de sus plantas; distancia mínima de dos metros entre clientes y horario de atención prioritario para mayores de 65 años.

Además, pueden reabrir los parques o centros comerciales, con aforo del 30 % en las zonas comunes y del 40 % en los locales individuales; sin emplear zonas recreativas. A mayores, podrá haber rebajas y se podrán abrir mercados al aire libre, con una limitación a un tercio de los puestos habituales.

educación. Las comunidades autónomas pueden abrir centros educativos no universitarios y de formación. También se permite la apertura de academias y autoescuelas, limitando su aforo a un tercio y priorizando la formación on line.

hostelería y restauración. Se permite el consumo en el local en mesa sin superar el 40 % del aforo; las terrazas al aire libre con el 50 % de las mesas y una ocupación máxima de 10 personas por mesa o agrupación de mesas. No está permitida la apertura de discotecas ni bares de ocio nocturno.

Se deberá respetar la limpieza y desinfección entre un cliente y otro, mantelerías de un uso y dispensadores de geles. Asimismo se promueve el pago con tarjeta y se evitará el uso de cartas de menú.

servicios sociales. Las comunidades y ciudades autónomas podrán permitir en su ámbito territorial la realización de visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y residencias de personas mayores. Para ello, se deberá concertar previamente la visita con la vivienda tutelada o el centro residencial.

actividades culturales. Todos los cines, teatros, auditorios y espacios similares pueden reanudar la actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen un tercio del aforo autorizado. En las bibliotecas, podrán llevarse a cabo actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado y usarse ordenadores, incluido el préstamo interbibliotecario. Salas infantiles y colecciones de libre acceso siguen cerradas. Pueden abrir al público las salas de exposiciones siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado, así como los monumentos y otros equipamientos culturales siempre que las visitas no superen un tercio del aforo autorizado.

actividades deportivas. Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales pueden realizar entrenamiento básico de manera individual. Por otra parte, los clubes deportivos profesionales o sociedades anónimas deportivas pueden desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a la fase previa de la competición, incluyendo acciones en grupo de un máximo de 14 personas.

También se permite la reanudación de la competición de las ligas profesionales, sin público y a puerta cerrada. Se permite la entrada de medios de comunicación para la retransmisión de la competición. El Consejo Superior de Deportes, antes del inicio de la competición, determinará el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones.

Se regula la apertura de instalaciones deportivas cubiertas y piscinas deportivas.

establecimientos turísticos y hoteles. Pueden reabrir las zonas comunes de hoteles y establecimientos turísticos, hasta cubrir un tercio del aforo.

En cuanto a las actividades de animación o clases grupales, no deben superar el aforo máximo de 20 personas.

Las piscinas y spas de los establecimientos se permitirán abrir con limitaciones.

piscinas. Se pueden abrir al público las piscinas recreativas con el aforo máximo de un 30 % de la capacidad de la instalación. Si no se puede mantener la distancia de seguridad entre usuarios se reducirá el aforo.

Para acceder a la piscina es necesario concertar cita previa con la entidad gestora de la instalación.

Se deberán limpiar y desinfectar los equipos y materiales habituales (vaso, taquillas, corcheras, etc), así como las superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios (como pomos de las puertas de los vestuarios, o barandillas; al menos tres veces al día).

Igualmente se debe establecer una distribución espacial de usuarios para garantizar la distancia de seguridad. Los objetos personales, como toallas, deben situarse dentro del perímetro de seguridad.

No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua.

playas. Se puede acceder a las playas de la misma provincia, isla o unidad territorial de referencia establecida en el plan de desescalada. Los ayuntamientos podrán establecer limitaciones de acceso y de aforo para asegurar que se respeta la distancia interpersonal mínima de dos metros entre bañistas.

Se pueden usar duchas, aseos y vestuarios, limitando la ocupación a una persona, salvo que se precise asistencia.

Los objetos personales se dispondrán de manera que se garantice un perímetro de seguridad de dos metros con respecto a otros usuarios, salvo en el caso de bañistas convivientes o que no superen las 15 personas.

En la playa está permitida la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, permitiendo mantener una distancia mínima de dos metros entre los participantes.

Lugares de culto y velatorios. Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 50% de su aforo. Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados. La comitiva para la despedida de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas.

bodas. No podrán superar el 50 % de su aforo. Podrán asistir un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados.

25 may 2020 / 00:17
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