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Suspenden la limitación en iglesias vallisoletanas

culto. El Tribunal Supremo estimó la medida cautelar planteada por la Asociación Abogados Cristianos y suspende la restricción de aforo de un máximo de 25 personas en los lugares de culto religioso por considerarla “desproporcionada”, aunque esta medida ya fue flexibilizada por la Junta de Castilla y León este pasado viernes permitiendo de forma genérica un tercio del aforo.

Se trata del segundo revés judicial del Supremo a la Junta después de que el pasado martes anulara el adelanto del toque de queda decretado por la Junta en Castilla y León a las 20 horas (en vigor un mes). efe

23 feb 2021 / 01:00
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