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Obligan a la aseguradora que se negaba, a pagar daños en una casa de Rois

La Audiencia rechaza el recurso y da la razón a la vecina asesorada por Diana Otero

Rois. La Audiencia Provincial de A Coruña ha rechazado el recurso interpuesto por la aseguradora Catalana Occidente contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Padrón que le obligaba a pagar los daños que un temporal de viento produjo en el tejado de la vivienda de una vecina del lugar de Seira, en el municipio de Rois, en el año 2017.

Según explicó la letrada que lleva el caso, Diana Otero Mascato, del despacho de abogados Foro Lex & Leiva Abogados, la aseguradora se negaba a pagar los daños de la vivienda y para ello usó el informe de una estación meteorológica cuyo anemómetro está a menos de dos metros (y que se usa sólo con fines agropecuarios para medir las lluvias en los campos, no para medir el viento).

Por ello, la Audiencia Provincial rechaza el recurso de apelación y condena, además, a la firma recurrente a pagar las costas. Asimismo, y debido a la tardanza en cumplir la obligación de la aseguradora, se condena a la entidad catalana de seguros a abonar el interés moratorio del 20 %, según consta en el artículo 20.8 de la Ley de Contrato de Seguro que se menciona en el citado fallo, contra el que cabe recurso de casación. arca

10 sep 2020 / 01:00
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