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Año y medio de prisión para un hombre que agredió a otro con una barra de hierro a la salida de un pub de Santiago

El acusado indemnizó a la víctima con el coste del tratamiento odontológico necesario tras la agresión

Juzgados de Santiago

Juzgados de Santiago / Antonio Hernández

Arturo Reboyras

Arturo Reboyras

Santiago

El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia ha confirmado la condena de un año y seis meses de prisión para un hombre acusado de agredir a otro con una barra de hierro a la salida de un pub en Santiago. El tribunal ha rechazado el recurso presentado por la defensa y ha ratificado íntegramente la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial de A Coruña.

Los hechos se remontan a la madrugada del 2 de marzo de 2023, cuando el acusado golpeó en la cara a otro hombre en el exterior de un local de ocio nocturno. Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió graves lesiones dentales, con fracturas en varias piezas que obligaron a someterse a tratamiento quirúrgico e implantes.

En la sentencia ahora confirmada, el acusado fue considerado autor de un delito de lesiones, aunque el tribunal tuvo en cuenta dos circunstancias atenuantes: la reparación del daño, ya que la víctima fue indemnizada por los gastos odontológicos, y otra atenuante relacionada con su situación personal.

El tribunal también tuvo en cuenta que el acusado había consumido alcohol y drogas antes de los hechos y que padece determinados trastornos diagnosticados, aunque concluyó que estas circunstancias no anulaban ni reducían de forma grave su capacidad para comprender lo que hacía.

La Sala ha rechazado los argumentos del recurso, que cuestionaban la valoración de las pruebas y el modo en que se produjo el golpe. Los magistrados consideran acreditada la agresión a partir de la declaración de la víctima, los informes médicos y otros elementos de prueba analizados durante el juicio.

Con esta decisión, el alto tribunal gallego mantiene la condena en todos sus términos y declara de oficio las costas del recurso. No obstante, la resolución aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo mediante recurso de casación.

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