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Fiscalía pide ocho años de prisión para dos acusados de apuñalar a un hombre en un pub de Santiago

Fiscalía procede imponer a los procesados por el delito de homicidio en grado de tentativa la pena de ocho años de prisión con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo

La Fiscalía pide ocho años de prisión para cada uno de los dos acusados de apuñalar con una navaja a un hombre a la altura del corazón en un pub de Santiago de Compostela procesados por homicidio en grado de tentativa y lesiones.

El juicio ha sido señalado para este jueves y viernes, 23 y 24 de septiembre, en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña con sede en Santiago de Compostela a partir de las 9,30 horas.

Según el escrito del Ministerio Público los hechos sucedieron el 22 de noviembre de 2019, sobre las 3,45 horas, cuando los procesados uno de ellos con antecedentes penales no computables y privado de libertad por esta causa desde el 23 de noviembre de ese año y el otro, con antecedentes no computables, cuando se encontraban en un pub de Santiago “se enfrentaron a los perjudicados” --dos personas-- y, uno de los acusados, que portaba una navaja, tras exhibirla, se la entregó, con la intención de atacar a los perjudicados, al otro procesado.

Así, uno de ellos, “con el más absoluto desprecio para la vida” del afectado, resalta la Fiscalía, “de forma sorpresiva, le asestó una puñalada a la altura del corazón al perjudicado, hiriendo también a la perjudicada en el momento que interviene intentando separarlos”.

Como consecuencia de estos hechos el hombre apuñalado “sufrió herida incisa en posterolateral izquierdo de unos tres centímetros a la altura de 8º-7º arcos costales; hemoneumotorax a nivel del hemitórax izquierdo; neumomediastino izquierdo , lesión pulmonar, estrés postraumático de grado leve, siendo preciso para su curación tratamiento farmacológico y profiláctico, drenaje de neumotórax , sutura y retirada de puntos”, puntualiza la Fiscalía en su escrito.

Al respecto, señala que el perjudicado tardó en curar de sus heridas “un total de 33 días de perjuicio moderado” y como secuela del sistema nervioso de estrés postraumático de grado leve valorada en un punto.

Mientras, la otra persona perjudicada sufrió lesiones consistentes en “herida incisa, siendo preciso curas locales, tardando en curar ocho días”, con siete de perjuicio moderado, matiza, para añadir que como secuela le ha quedado “una cicatriz de 2x1 en región torácica izquierda”.

Por auto de fecha 23 de noviembre de 2019 se acordó la prohibición de uno de los procesado acercarse a los perjudicados a una distancia mínima de 200 metros.

DELITOS Y PENAS

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa y de un delito leve de lesiones, en relación a las lesiones causadas al hombre y a la otra persona, respectivamente.

Para el Ministerio Público son autores los procesados, uno de ellos como “autor directo del delito de homicidio en grado de tentativa y del delito leve de lesiones” y el otro, que tiene la orden de alejamiento, como “cooperador necesario del delito de homicidio en grado de tentativa y delito leve de lesiones”.

Por ello, para Fiscalía procede imponer a los procesados por el delito de homicidio en grado de tentativa la pena de ocho años de prisión con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Y por el delito leve de lesiones la pena de dos meses multa a razón de seis euros día con responsabilidad personal subsidiaria en el supuesto de impago. Asimismo, los acusados no podrán aproximarse ni comunicarse a las víctimas por un periodo de 13 años.

Y los procesados indemnizarán a los perjudicados por estos hechos, o, en la cantidad de 4.000 euros al apuñalado y 300 euros a la otra persona, “interesando que la sentencia que se dicte determine que la cantidad a satisfacer en concepto de responsabilidad civil devengará el interés legal establecido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil”, matiza en el escrito el Ministerio Público.

Y el fiscal interesa se abra la correspondiente pieza de responsabilidad civil “exigiendo al procesado fianza bastante objeto de garantizar las responsabilidades pecuniarias derivadas de estos hechos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 589 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.

SANTIAGO DE COMPOSTELA. E.P.

23 sep 2021 / 08:03
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