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Comunitat Valenciana

La jueza de la dana rechaza incluir a dos personas fallecidas como víctimas

También deniega la personación por los daños psicológicos que alegó la madre de una persona discapacitado por el deficiente servicio en la teleasistencia

Barranco de Torrent o del Poyo a su paso por Paiporta, en una imagen captada el 30 de octubre de 2024.

Barranco de Torrent o del Poyo a su paso por Paiporta, en una imagen captada el 30 de octubre de 2024. / Miguel Angel Montesinos

Laura Ballester

València

La jueza de la dana, Nuria Ruiz Tobarra, titular de la Plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Catarroja ha rechazado en dos autos notificados hoy a las partes incluir en la causa a dos personas fallecidas, un hombre y una mujer, como nuevas víctimas mortales de la dana del 29 de octubre de 2024. A fecha de hoy hay 230 víctimas de la dana reconocidas y el juzgado de la dana tiene otras siete peticiones en estudio.

Las peticiones las habían formado familiares de las dos personas fallecidas, al entender que no puede establecerse “un nexo causal” entre esas muertes y los hechos objeto de la investigación.

Una de las peticiones la realizaba la hija de un hombre de 80 años, que falleció el 29 de octubre de 2024. La mujer relataba que su padre "sufrió de un dolor en el costado derecho. Estuvieron llamando a urgencias hasta 82 veces sin obtener respuesta". En el municipio donde vivían "a las 18.30 horas comenzó a entrar agua en la planta baja", aunque ellos vivían en un tercer piso. "El dolor fue en aumento hasta la pérdida de conciencia a las 22:31 horas. Media hora más tarde los bomberos confirmaron la ausencia de signos vitales", relataron los familiares a la jueza de la dana. La magistrada responde a esta petición que "no es posible establecer un nexo causal con los hechos objeto de la presente investigación en atención a las circunstancias en las que se produjo el fallecimiento, dado que como pone de manifiesto el Ministerio Fiscal queda al margen de la gestión de la situación de emergencia y de salvaguarda de población".

La otra solicitud también la presentó la hija de una fallecida en Catarroja. La mujer visitó el Hospital La Fe el 29 de octubre para una revisión, pero al no poder volver por las graves inundaciones, permaneció ingresada esa noche. "La hija habló con su madre el 29 de octubre de 2024, así como el día siguiente a las 6.15 o 6.20 horas. Y le contó que no podía entrar en su casa porque había entrado el agua a unos 1, 70 metros, que lo había perdido todo, y que no podía volver porque las calles estaban llenas de barro, coches y trastos. Y quería pedirle a la doctora que se quedara un tiempo en el hospital, pero después de la llamada su madre se puso mala del disgusto de lo que había pasado en su casa, y falleció una hora después de esa llamada", según recoge el auto notificado hoy a las partes. La magistrada de la dana señala al respecto que no puede establecerse una relación de causalidad entre los hechos objeto de investigación, la falta de adopción de medidas destinadas a la protección de la población, y el fallecimiento de la mujer. No se investigan en este procedimiento los daños materiales, los cuales no se pueden imputar a los investigados, por lo que en definitiva tampoco se puede establecer una relación de causalidad".

La magistrada también rechaza en un tercer auto la inclusión como víctima en estas diligencias previas de una mujer que había presentado una denuncia en la que refiere que padece lesiones psicológicas, por la atención que recibió del servicio de teleasistencia y de unos policias locales.

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