Archivado el caso del ‘asalto’ a Meirás en agosto de 2017

La Audiencia Provincial desestima los recursos contra los 19 participantes de una protesta que pedía la recuperación del Pazo
Redac./EP.
año 2017. Los participantes durante la protesta junto con las pancartas desplegadas en el Pazo. Foto: EP

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña confirmó el archivo de la denuncia presentada por la Fundación Franco y otros familiares del dictador contra el grupo de activistas denominado ‘19 de Meirás’, siendo investigados 17, que desplegaron pancartas en una protesta en el año 2017 en la que pedían la recuperación para la titularidad pública del pazo ubicado en Sada (A Coruña).

recursos. Así, en el auto que desestima los recursos se recoge que no se puede considerar que hubo allanamiento, así como tampoco se puede considerar a los Franco un grupo de especial protección amparado por la ley.

Entre los participantes de aquella protesta se encontraban varios dirigentes del BNG, entre ellos, el diputado en el Congreso, Néstor Rego. En la acción, los activistas desplegaron un gran faldón en el que se podía leer ‘O Pazo é do Pobo Galego’ , así como ‘Franquismo, nunca mái’ y una bandera de Galicia con la estrella roja.

Concretamente, la Audiencia de A Coruña ha desestimado los recursos de apelación presentados por la Fundación Nacional Francisco Franco y otros familiares del dictador contra la decisión del Juzgado Mixto número dos de Betanzos de archivar la causa abierta por una protesta en el pazo de Meirás en el año 2017, sobreseimiento que por lo tanto confirma.

En cuanto al delito de odio que denunció la fundación y la familia Franco, la sala entiende que no puede existir por el hecho de “encaramarse a una de las soberbias torres del Pazo de Meirás y exhibir una pancarta reivindicativa de la titularidad pública de ese Bien de Interés Cultural en un convergente contexto social de reclamación por parte de la ciudadanía”.

Por otro lado, entienden los magistrados que tampoco cabe considerar que la familia Franco cumpla los requisitos de formar parte de ningún grupo al que la ley reconozca especial protección, que “habrá de conectarse con las referencias circundantes a la orientación o identidad sexual y a las razones de género, enfermedad o discapacidad, pudiendo muy bien interpretarse como una elección de comportamientos y estructura familiar inhabitual o menos corriente que la mayoritaria”.

También descartan de igual forma el delito de allanamiento de morada, al no poder “predicarse la existencia de una intimidad reservada a unos potenciales moradores en las zonas de paso del interior del pazo”, ya que en los momentos de la protesta, el inmueble estaba en horas de apertura a visitas guiadas.

La sala tampoco cree que se cumplan las condiciones que la jurisprudencia exige para considerar que las personas que lideraron el acto reivindicativo hubiesen cometido un delito de daños.

agosto de 2017. Los hechos tuvieron lugar la mañana del 30 de agosto de 2017, cuando este grupo de personas accedieron tanto a la finca, al interior del Pazo como a su cubierta, tras trepar por los muros perimetrales de la propiedad.

Según recoge el atestado la Guardia Civil de Sada, uno de los grupos permaneció en el jardín del Pazo, algunos de ellos subidos a las balaustradas, con pancartas en las que se leía ‘Que nos devolvan o roubado. Franquismo nunca máis’. El otro subió al tejado del torreón, donde desplegaron una pancarta vertical a través de la fachada del Pazo con el lema ‘O Pazo é do Pobo Galego. Franquismo nunca máis’.

En su resolución, la magistrada de primera instancia de Betanzos considera que “no puede atribuirse la responsabilidad a todos y cada uno de los intervinientes, de un modo genérico, individualizado o discriminado”, ya que no puede determinarse “en ninguno de los investigados” que se causaran daños en la cubierta y muros del inmueble.

Por tanto, al no aparecer “debidamente justificada la perpetración de los delitos”, así como la posible persona individualmente responsable, se decidió acordar el sobreseimiento provisional y archivo de la causa frente a 17 de los investigados.