Galicia no recupera la recaudación por impuesto de sociedades prepandemia

Pese a crecer un 68 % en 2021 hasta 1.373 millones, está cien por debajo de los de 2019 // En toda España son ya un 12 % superiores y avanzan más este año
Fiscalidad
José Calviño
Expertos del REAF en la presentación del informe sobre el impuesto de sociedades

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) acaba de realizar un exhaustivo análisis sobre la evolución del impuesto de sociedades que abonan las empresas relativo a 2021 en el que aparte de constatar el incremento de ingresos respecto a 2022, como era de esperar por la normalización frente a la crisis sanitaria del año anterior, llaman la atención sobre dos aspectos: el primero, que hay un aumento general de la recaudación tributaria del 5 % sobre los de 2019 y, en especial, avance del 12 % en específico que pagan las empresas a cuenta de sus resultados.

En datos, 1,6 millones de sociedades abonaron un total de 26.467,8 millones, que es un 60,8 % más que en 2020, pues entonces se despeñaron a 16.461 millones, y superan los 23.519,6 del año que precedió al impacto de la covid.

No ocurre esto último, sin embargo, en Galicia. Cruzando los números del REAF con los datos estadísticos que ofrece la Agencia Tributaria, las algo más de 95.833 empresas que declararon el impuesto (representan algo más del 5,8 % del total) resultando a ingresar 1.373,4 millones, un 67,8 % sobre los 818.656.000 euros que se lograron en el crítico por la covid 2020.

Sin embargo, al contrario que la tónica general, el gravamen sobre los beneficios societarios aporta en la autonomía bastante menos que antes de la pandemia, pues en 2019 se rozaron los 1.482 millones. Son 108,4 menos el año pasado que entonces, todavía un 7,9 % por debajo.

Aunque en un impuesto como el de sociedades toca aguardar a finales del ejercicio para poder comprender el escenario global, dadas las políticas empresariales y la aplicación de distintos beneficios fiscales y deducciones, con los datos entre enero y abril del presente ejercicio –los últimos disponibles–, mientras en el conjunto de España se rozan los 4.690 millones, un 69,2 % más, mientras en Galicia los 121,3 millones representan un avance que es la décima parte, pues se sitúa en un 6,9 %.

Volviendo al análisis que realiza el órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas de España, señala el mismo que entre las comunidades autónomas de régimen común, las empresas radicadas en Asturias, Madrid y Cataluña fueron las que más contribuyeron a aumentar los ingresos en 2021 respecto a 2020, aunque también se encuentran entre las que más vieron menguar la recaudación en el primer año padeciendo la covid. En este sentido, Madrid y Cataluña, con el 20 % de los contribuyentes por este impuesto en territorio común, suman cuotas líquidas muy diferentes: 13.474 y 6.427 millones de euros, respectivamente, lo que, conjuntamente, supone más del 65 % del total de cuotas líquidas.

Respecto a los debatidos tipos efectivos en el impuesto sobre sociedades –tanto sobre el resultado contable como, en menor medida, sobre base imponible– los asesores fiscales del Consejo General de Economistas consideran que no son significativos, porque en su cálculo no se tienen en cuenta ajustes inevitables como la exención y las deducciones por doble imposición o la compensación de bases imponibles negativas.

En cuanto a los aspectos a tener en cuenta para esta campaña, los expertos fiscalistas del REAF indican que es muy importante aplicar correctamente los criterios de imputación temporal, por ejemplo, en operaciones a plazo, quitas en procedimientos concursales, cantidades percibidas en litigios, rentas negativas generadas en transmisiones a empresas del grupo mercantil, así como realizar correctamente las periodificaciones contables.

Asimismo, los economistas también informaron de las novedades para el ejercicio 2022, que se declarará en 2023, señalando que la más importante es la aplicación del tipo mínimo: la cuota líquida no podrá ser inferior al 15% de la base imponible positiva en el caso de contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios sea, al menos, de 20.000.000€. Esto mismo se aplica a los contribuyentes que tributen por el régimen de consolidación fiscal (en este caso cualquiera que sea su cifra de negocios).