EFECTOS COLATERALES. Fueron separadas por la pandemia y ahora se encuentran con numerosas trabas en los consulados // Denuncian que en algunas oficinas les exigen demostrar un año de convivencia pese a la orden de Asuntos Exteriores TEXTO Elena Piñón

La batalla para poder reunirse en España de las parejas binacionales

Elena Piñón
DURA ESPERA. Pasajeros cerca de páneles informativos en la terminal T4 de Madrid-Barajas. Foto: Jesús Hellín

Españoles, entre ellos numerosos gallegos cuyas parejas son ciudadanos de países de fuera del área Schengen y a los que la pandemia mantiene separados desde hace meses siguen batallando con los Consulados para poder reunirse en España, tres semanas después de que el Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación emitiese una instrucción para intentar resolver su caso.

Las autorizaciones van llegando, pero no a todos los que las piden. Victoria recibió este mismo viernes un email del Consulado en Moscú denegándole el permiso para reunirse en Lugo con Gabriel por no poder demostrar una convivencia de un año. A Romina y Daniel, después de un periplo rocambolesco en plena pandemia, el consulado en Túnez les aconsejó que ella volviese a Buenos Aires y él a España para resolverlo todo.

Jorge, mexicano, esperaba reunirse con Manuela en Lombok (Indonesia) en abril, y ahora solo sabe que solo para presentar su solicitud debe viajar personalmente a Yakarta, donde está el Consulado, y desconoce si podría traer con él a España a su hijo de 18 años.

Algunas son parejas de larga duración que han compartido su vida en distintos lugares del mundo, a otras el coronavirus les truncó planes inminentes de establecerse en España, pero todas tienen en común que no están registradas oficialmente y, por lo tanto, no pueden cruzar fronteras que están cerradas para la mayor parte de los ciudadanos.

Tras cuatro meses de campaña en redes sociales con la etiqueta ‘Love is not tourism’ (’Amor no es turismo’), el 20 de agosto el Ministerio de Exteriores anunció un procedimiento, en colaboración con Interior, para que los Consulados puedan acreditar que existe una relación de pareja y emitir un documento que les permite embarcar en un avión rumbo a España. Sin embargo, en la práctica los trámites están demostrando ser más lentos y los requisitos menos laxos de lo que algunos esperaban, en parte porque hay Consulados que siguen exigiendo una prueba de convivencia durante un año. Es decir, lo que pone, negro sobre blanco, el artículo del real decreto de 2007 en el que se basa todo el procedimiento y lo que precisamente muchas de estas parejas no pueden demostrar.

“No es necesario haber convivido en el mismo domicilio más de un año. Es necesario probar que la relación ha tenido una duración de al menos un año. Así se ha trasladado a todos nuestros Consulados”, escribió en Twitter el secretario de Estado de España Global, Manuel Muñiz, ante las protestas de quienes se vieron decepcionados los primeros días.

Muñiz también desveló esta semana, en una intervención telemática en una Universidad chilena, que para elaborar el procedimiento se hizo una consulta a la Abogacía del Estado y que ésta aclaró que una relación duradera puede incluir aquellas parejas que no han convivido. Ahora, Victoria y Gabriel han vuelto a enviar su solicitud al Consulado en Moscú adjuntando el enlace a esta conferencia. Fuentes de Exteriores han asegurado a Europa Press que se están empleando a fondo en garantizar que se cumple la orden y que el director general responsable de asuntos consulares ha remitido a las oficinas dos telegramas, y ha hablado por teléfono con 40 de ellas. En algunos Consulados, afirman, el porcentaje de ‘luces verdes’ es del 90 por ciento.

En el Ministerio no tienen datos de cuántas personas están afectadas por ésta situación pero el grupo de afectados en España que existe en Facebook tiene 1.120 miembros. Entre ellos está Laura, que por el momento solo ha hecho una consulta al Consulado de España en Guatemala para que Ángeles pueda viajar. Ellas sí convivieron en este país, pero solo guardan el contrato de los últimos seis meses, antes de que Laura volviese a España y empezase los trámites para asentarse ambas como pareja en Zaragoza.

¿Ángeles debía seguirla después y ahora esperan que su casero quiera atestiguar que convivían, o que les acepten otro tipo de pruebas, como facturas de Uber que coinciden en la misma dirección, o la carta de invitación que la familia de Laura escribió para que ambas viajasen a España unas Navidades. Su primera consulta al Consulado recibió como respuesta, este jueves, un email genérico en el que se les informa de que deben acreditar un año de convivencia.

Según la información de Exteriores, las parejas pueden demostrar su relación con otros documentos, desde un “acta de manifestaciones ante notario” del ciudadano comunitario hasta acreditación de cita para contraer matrimonio en España, pasando por cuentas bancarias o facturas conjuntas, o invitación conjunta a eventos familiares.

La lista, según la infografía que difundió el Ministerio en redes sociales, no es exhaustiva, así que la evaluación depende de cada cónsul. La decisión final sobre la entrada en España es, siempre, de los agentes de frontera. España se convirtió en el undécimo país europeo en abrir una vía para resolver este problema pero, al igual que Francia, Alemania, República Checa, Italia o Finlandia, la campaña Love is not Tourism’ avisa de que el sistema es restrictivo.

Quienes no han podido beneficiarse del procedimiento iniciaron otra campaña para pedir a España y otros países que hagan como Dinamarca, que admite la entrada de parejas solo con una PCR negativa y una declaración solemne, que puede descargarse por Internet, de que la relación tiene al menos tres meses de duración y de que las personas se han visto regularmente.